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Defraudar con el ingreso m赤nimo podr芍 costar su p谷rdida y la devoluci車n de seis meses

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El BOE de este lunes publica el texto que regula la ayuda e incluye las sanciones correspondientes. No podr芍 haber m芍s de dos receptores de ayudas en un mismo hogar.

El Bolet赤n Oficial del Estado publicado este lunes incluye el texto que detalla el ingreso m赤nimo vital aprobado el viernes en el Consejo de Ministros. Entre otros aspectos, se establecen las sanciones que conllevar芍 el enga?o en la informaci車n relevante a la hora de calcular la cuant赤a de la ayuda o de conceder el derecho a recibirla.

Por lo pronto no podr芍 haber m芍s de dos personas receptoras de ayudas en un mismo domicilio. Es decir, que podr芍n convivir el adulto que recibe el ingreso m赤nimo vital junto a su familia y, como m芍ximo, otro adulto que no forme parte de ese n迆cleo familiar y sea receptor de esta u otra prestaci車n estatal.

En cuanto a la escala de sanciones, se establecen tres rangos. Una falta leve ser芍 cuando el receptor del ingreso no facilite a la Seguridad social informaci車n relevante a la hora de reconocerle o no el derecho a percibirlo. En este caso habr芍 una amonestaci車n.

Faltas graves y muy graves

Si se acumulan tres amonestaciones a lo largo de un a?o se incurrir芍 en una falta grave. Esta tambi谷n se producir芍 cuando se omita documentaci車n que pueda llevar a una cuant赤a inferior al 50% de la prestaci車n o a cambios en la situaci車n econ車mica del hogar por nuevos ingresos o p谷rdida de alg迆n miembro, o si salimos del pa赤s m芍s de 10 d赤as sin informar de ello a la autoridad competente. En plata, si un miembro del n迆cleo familiar se busca la vida por su cuenta o fallece, o si empezamos a recibir dinero de un trabajo y no lo comunicamos a la Seguridad Social, seremos autores de una falta grave y el castigo podr芍 ir desde la suspensi車n del pago del ingreso durante tres meses a la retirada del derecho y el pago de una cantidad equivalente.

Tres apercibimientos de tipo grave suponen una falta muy grave, que tambi谷n tendr芍 lugar cuando no se entregue documentaci車n que suponga pecibir una cuant赤a superior al 50% de la ayuda o que refleje los cambios en el n迆cleo familiar a nivel de miembros o ingresos citados anteriormente, o cuando se salga de Espa?a durante 90 d赤as sin notificaci車n alguna a la Seguridad Social. Tamb谷n si se presentan datos o documentos falsos para solicitar la prestaci車n o se incumplen de forma continuada las obligaciones a las que est芍 sujeto el derecho a percibirla. Las faltas muy graves se castigar芍n con con seis meses sin cobrar o la p谷rdida definitiva del ingreso y el pago de una cantidad equivalente.

Texto 赤ntegro del BOE

CAP?TULO VIII

Infracciones y sanciones

Art赤culo 34. Infracciones y sujetos responsables

"1. Las infracciones son consideradas, seg迆n su naturaleza, como leves, graves y muy graves. 2. Son infracciones leves, no proporcionar la documentaci車n e informaci車n precisa en orden a la acreditaci車n de los requisitos y la conservaci車n de la prestaci車n, as赤 como para garantizar la recepci車n de notificaciones y comunicaciones, cuando de ello no se haya derivado la percepci車n o conservaci車n indebida de la prestaci車n. 3. Son infracciones graves: a) No proporcionar la documentaci車n e informaci車n precisa en orden a la acreditaci車n de los requisitos y la conservaci車n de la prestaci車n, as赤 como para garantizar la recepci車n de notificaciones y comunicaciones, cuando de ello se hubiera derivado una percepci車n indebida, en cuant赤a mensual, inferior al 50 por ciento de la que le corresponder赤a. b) No comunicar cualquier cambio o situaci車n que pudiera dar lugar a la modificaci車n, suspensi車n o extinci車n de la prestaci車n, en el plazo de treinta d赤as desde que estos se produzcan, cuando de ello se hubiera derivado una percepci車n indebida, en cuant赤a mensual, inferior al 50 por ciento de la que le corresponder赤a. c) No cumplir con la obligaci車n de comunicar con car芍cter previo el desplazamiento al extranjero, cuando el mismo sea por tiempo superior a quince d赤as e inferior a noventa d赤as al a?o. d) La comisi車n de una tercera infracci車n leve, siempre que en un plazo de un a?o anterior hubiera sido sancionado por dos faltas leves del mismo tipo. e) El incumplimiento de la obligaci車n de participar en las estrategias de inclusi車n que promueva el Ministerio de Inclusi車n, Seguridad Social y Migraciones, en los t谷rminos que se establezcan. f) El incumplimiento de las condiciones asociadas a la compatibilidad de la prestaci車n del ingreso m赤nimo vital con las rentas del trabajo o la actividad econ車mica conforme con lo previsto en el art赤culo 8.4.4. Son infracciones muy graves: a) No proporcionar la documentaci車n e informaci車n precisa en orden a la acreditaci車n de los requisitos y la conservaci車n de la prestaci車n, as赤 como para garantizar la recepci車n de notificaciones y comunicaciones, cuando de ello se hubiera derivado una percepci車n indebida, en cuant赤a mensual, superior al 50 por ciento de la que le corresponder赤a. b) No comunicar cualquier cambio o situaci車n que pudiera dar lugar a la modificaci車n, suspensi車n o extinci車n de la prestaci車n, en el plazo de treinta d赤as desde que estos se produzcan, cuando de ello se hubiera derivado una percepci車n indebida, en cuant赤a mensual, superior al 50 por ciento de la que le corresponder赤a. c) El desplazamiento al extranjero, por tiempo superior a noventa d赤as al a?o, sin haber comunicado ni justificado al Instituto Nacional de la Seguridad Social con car芍cter previo su salida de Espa?a. d) Actuar fraudulentamente con el fin de obtener prestaciones indebidas o superiores a las que correspondan o prolongar indebidamente su disfrute, mediante la aportaci車n de datos o documentos falsos. e) La comisi車n de una tercera infracci車n grave siempre que en un plazo de un a?o anterior hubiera sido sancionado por dos faltas graves del mismo tipo. f) El incumplimiento reiterado de la obligaci車n de participar en las estrategias de inclusi車n que promueva el Ministerio de Inclusi車n, Seguridad Social y Migraciones, en los t谷rminos que se establezcan. g) El incumplimiento reiterado de las condiciones asociadas a la compatibilidad de la prestaci車n del ingreso m赤nimo vital con las rentas del trabajo o la actividad econ車mica conforme con lo previsto en el art赤culo 8.4.5. Ser芍n responsables de las infracciones tipificadas en este art赤culo los beneficiarios de la prestaci車n, los miembros de la unidad de convivencia y aquellas personas que hubiesen cooperado en su comisi車n mediante una actuaci車n activa u omisiva sin la cual la infracci車n no se hubiera cometido.La concurrencia de varias personas responsables en la comisi車n de una infracci車n determinar芍 que queden solidariamente obligadas frente a la administraci車n al reintegro de las prestaciones indebidamente percibidas".

Art赤culo 35. Sanciones.

"1. Las infracciones leves ser芍n sancionadas con el apercibimiento de la persona infractora. 2. Las infracciones graves se sancionar芍n con la p谷rdida de la prestaci車n por un periodo de hasta tres meses. Cuando las infracciones diesen lugar a la extinci車n del derecho, la sanci車n consistir芍 en el deber de ingresar tres mensualidades de la prestaci車n.Cuando la infracci車n sea la prevista en el apartado 3.c) del art赤culo anterior, adem芍s de devolver el importe de la prestaci車n indebidamente percibida durante el tiempo de estancia en el extranjero, los beneficiarios no podr芍n solicitar una nueva prestaci車n durante un periodo de tres meses, a contar desde la fecha de la resoluci車n por la que se imponga la sanci車n. 3. Las infracciones muy graves se sancionar芍n con la p谷rdida de la prestaci車n por un periodo de hasta seis meses. Cuando las infracciones diesen lugar a la extinci車n del derecho, la sanci車n consistir芍 en el deber de ingresar seis mensualidades de la prestaci車n.Cuando la infracci車n sea la prevista en el apartado 4.c) del art赤culo anterior, adem芍s de devolver el importe de la prestaci車n indebidamente percibida durante el tiempo de estancia en el extranjero, los beneficiarios no podr芍n solicitar una nueva prestaci車n durante un periodo de seis meses, a contar desde la fecha de la resoluci車n por la que se imponga la sanci車n. 4. Si dentro de las infracciones graves o muy graves, concurriese alguna de las siguientes actuaciones por parte de cualquier persona beneficiaria del ingreso m赤nimo vital: a) El falseamiento en la declaraci車n de ingresos o patrimonio. b) La ocultaci車n fraudulenta de cambios sustanciales que pudieran dar lugar a la modificaci車n, suspensi車n o extinci車n de la prestaci車n. c) Cualquier otra actuaci車n o situaci車n fraudulenta que den lugar al acceso indebido a la prestaci車n, mantenimiento indebido del derecho a la prestaci車n o aumento indebido de su importe.Adem芍s de la correspondiente sanci車n y obligaci車n de reintegro de las cantidades indebidamente percibidas, y sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles y administrativas a que hubiere lugar, el Instituto Nacional de la Seguridad Social podr芍 decretar la extinci車n del derecho, as赤 como la imposibilidad de que el sujeto infractor pueda resultar persona beneficiaria en los t谷rminos de este real decreto-ley por un periodo de dos a?os. 5. Cuando el sujeto infractor haya sido sancionado por infracci車n muy grave, en virtud de resoluci車n firme en v赤a administrativa, dentro de los cinco a?os anteriores a la comisi車n de una infracci車n muy grave, se extinguir芍 la prestaci車n y acarrear芍 la imposibilidad de que el sujeto infractor resulte persona beneficiaria en los t谷rminos de este real decreto-ley durante cinco a?os. 6. En los t谷rminos que se desarrollen reglamentariamente, la imposici車n de sanciones tendr芍 en cuenta la graduaci車n de estas considerando, a tal fin, la culpabilidad, negligencia e intencionalidad de la persona infractora, as赤 como la cuant赤a econ車mica de la prestaci車n econ車mica indebidamente percibida. 7. Las sanciones a que se refiere este art赤culo se entienden sin perjuicio del reintegro de las cantidades indebidamente percibidas".