CORONAVIRUS

Cazar y pescar: ?se permite y en qu¨¦ condiciones en la fase 1?

DIARIO AS

El Gobierno finalmente permitir¨¢ a partir del pr¨®ximo lunes 18 la caza y la pesca en aquellos territorios que hayan avanzado a la fase 1.

El Gobierno permitir¨¢, a partir del pr¨®ximo lunes 18, la caza y la pesca en aquellos territorios que se encuentren en la fase 1 de desescalada. As¨ª lo anunci¨® el s¨¢bado el ministro de Sanidad, Salvador Illa, en la comparecencia donde inform¨® que esta actividad dejaba de permitirse a partir de la fase 2.

"Queda permitida la pr¨¢ctica de la pesca deportiva y recreativa y la actividad cineg¨¦tica en todas sus modalidades siempre que se respete la distancia de seguridad y las medidas de higiene y prevenci¨®n fijadas por las autoridades sanitarias", seg¨²n recoge la Orden del Ministerio de Sanidad en el Bolet¨ªn Oficial del Estado (BOE).

Cuando en la caza se implique a m¨¢s de un cazador "se deber¨¢ disponer de un plan de actuaci¨®n por parte del responsable en el que se detallen las medidas de prevenci¨®n e higiene a observar".

Adem¨¢s, el uso de mascarilla ser¨¢ obligatorio "cuando no sea posible mantener la distancia de seguridad establecida", tanto para la caza como la pesca. Tampoco estar¨¢ permitido compartir los utensilios necesarios ni "utillaje de comida o bebida".

Por ¨²ltimo, la Orden del Ministerio de Sanidad obliga a limpiar y desinfectar el vestuario despu¨¦s de su uso, al igual que los utensilios utilizados.

Estas actividades estar¨¢n permitidas a partir del lunes 18 para toda Espa?a excepto para la Comunidad de Madrid, Barcelona y su ¨¢rea metropolitana y algunas zonas de Castilla y Le¨®n, pues a¨²n permanecen en la fase 0.