Ayudas al alquiler en Madrid: requisitos, beneficiarios y plazos para solicitarlas
El Gobierno regional ha publicado las condiciones de acceso a estas subvenciones, que se destinan a familias golpeadas por la pandemia del coronavirus.
La Comunidad de Madrid ha abierto el plazo para solicitar las ayudas al alquiler y as¨ª minimizar el impacto econ¨®mico y social originado por la pandemia del coronavirus. Se conceder¨¢n, mediante adjudicaci¨®n directa, subvenciones al alquiler a las personas arrendatarias de vivienda habitual que hayan visto reducido sus ingresos por la COVID-19 y por tanto tengan problemas transitorios para hacer atender el pago parcial o total de la mensualidad. Estas ayudas tendr¨¢n car¨¢cter finalista y no podr¨¢n aplicarse a otro destino que no sea el pago de la renta del alquiler.
?Qui¨¦n puede acceder a estas ayudas?
Podr¨¢n acceder a esta subvenci¨®n aquellas personas que tengan alquilada su vivienda habitual en la Comunidad de Madrid y a partir del 1 de marzo se encuentre en situaci¨®n de desempleo, dentro de un ERTE o haya tenido una p¨¦rdida sustancial de ingresos. Asimismo, el l¨ªmite de ingresos familiares (personas que vivan en la vivienda) ser¨¢ el triple del Indicador P¨²blico de Renta de Efectos M¨²ltiples (IPREM) sum¨¢ndose 0,10 puntos por hijo a cargo y 0,15 puntos por hijo en unidad familiar monoparental. En caso de residir con personas con diversidad funcional, el tope ser¨¢ de 4 veces el IPREM y 5 veces el IPREM en caso de grandes discapacidades sensoriales. El IPREM mensual, actualmente, se sit¨²a en 587,34 euros.
Adem¨¢s, la renta del alquiler, m¨¢s los gastos y suministros b¨¢sicos, debe ser superior al 35% de los ingresos mensuales de la familia. Por ¨²ltimo, los candidatos a las ayudas deben poseer nacionalidad espa?ola o tener residencia legal en Espa?a en caso de ser extranjero y acreditar el pago de las ¨²ltimas tres mensualidades, salvo que el contrato se haya formalizado en un plazo menor.
Quedar¨¢n excluidos de estas ayudas aquellos que aunque cumplan con los requisitos citados anteriormente sean propietarios o usufructuarios de alguna vivienda en Espa?a o tengan parentesco de primer o segundo grado o sean socios de la persona que le est¨¢ alquilando la vivienda.
Cuant¨ªa y plazo de la ayuda
La cuant¨ªa contempla el 100% del importe mensual del alquiler, con un m¨¢ximo de 900 euros, sin incluir el resto de obligaciones econ¨®micas asumidas en el contrato (gastos comunitarios o de servicios). La ayuda podr¨¢ concederse por un plazo m¨¢ximo de seis meses.
?Cu¨¢ndo y c¨®mo puedo presentar la solicitud?
El plazo de solicitud est¨¢ abierto desde el pasado mi¨¦rcoles y se podr¨¢ hacer hasta el pr¨®ximo 30 de septiembre. Dada la excepcionalidad de la situaci¨®n y con el estado de alarma vigente, se deber¨¢ tramitar por medios telem¨¢ticos o en una oficina de Correos, aunque la Comunidad aconseja prioriza la presentaci¨®n por internet. Una vez que se recupere la normalidad y las oficinas p¨²blicas vuelvan a abrir sus puertas, se podr¨¢ pedir la subvenci¨®n de forma presencial.
Concesi¨®n de la ayuda
Las solicitudes ser¨¢n atendidas por orden cronol¨®gico de presentaci¨®n y ser¨¢n resueltas favorablemente si se cumplen los requisitos establecidos y mientras exista cr¨¦dito disponible. Una vez se agote la cuant¨ªa destinada para estas ayudas, las solicitudes recibidas con posterioridad ser¨¢n resueltas desfavorablemente. La Comunidad de Madrid comunicar¨¢ que se ha agotado el presupuesto en el momento que se produzca. Para estas ayudas, la regi¨®n madrile?a cuenta con 15,9 millones de euros de los 100 que el Gobierno central ha destinado a las comunidades aut¨®nomas para ampliar el Plan Estatal de Vivienda ante el coronavirus.
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