CORONAVIRUS

Renta M¨ªnima: ?qu¨¦ pasa si resid¨ª en el extranjero el a?o pasado?

Moncloa/Borja Puig de la Bellaca

Esta prestaci¨®n ir¨¢ destinada para aquellas personas m¨¢s vulnerables, sobre todo tras la crisis sanitaria que ha provocado la paralizacion de muchas actividades laborales.

El Gobierno de Pedro S¨¢nchez comunic¨® que la Renta M¨ªnima vital de 500 euros se empezar¨¢ a cobrar a partir del mes de junio. Fue el ministro de Inclusi¨®n, Seguridad Social y Migraciones, Jos¨¦ Luis Escriv¨¢, el que anunciaba cu¨¢ndo las familias m¨¢s vulnerables, sobre todo afectadas por la crisis del coronavirus, empezar¨¢n a cobrarla.

Seg¨²n anunci¨® el ministro, el coste que tendr¨¢ para el Estado esta renta m¨ªnima vital ser¨¢ de unos 3.000 millones de euros al a?o.

Esta medida puso de acuerdo a los miembros del Ejecutivo del PSOE y de Unidas Podemos, aunque los tiempos ha sido uno de los temas que m¨¢s controversias han provocado entre ambos bloques: en Unidas Podemos quer¨ªan que se estableciese con car¨¢cter de "urgencia" y en el PSOE abogaban por la calma, ya que hab¨ªa tempo por delante.

El borrador del decreto-ley que ha publicado El Mundo -todav¨ªa no est¨¢ confirmado al 100% de forma oficial- detalla varias de los requisitos que se tendr¨¢n que tomar para determinar qui¨¦n, cu¨¢ndo y c¨®mo puede realizar la solicitud.

Los que han residido fuera de Espa?a

Una de las preguntas es: ?qu¨¦ pasa con las personas que han residido fuera de Espa?a y ahora quieren solicitar este ingreso m¨ªnimo vital?

La respuesta, seg¨²n el borrador publicado, indica que "el solicitante debe residir en Espa?a de forma continuada e ininterrumpida durante al menos ese a?o". Por lo tanto, si se residi¨® fuera de las fronteras de nuestro pa¨ªs en alg¨²n periodo de tiempo durante el a?o previo a la solicitud, no se cumplir¨ªa ese requisito para acceder a la prestaci¨®n.