CORONAVIRUS

Coronavirus: ?se puede alquilar un piso o apartamento durante el confinamiento?

Gema Garc??a

El estado de alarma ha provocado que las actividades fuera del hogar se limiten a lo b¨¢sico y esencial. Aqu¨ª os mostramos si el alquiler es una de ellas.

El tiempo pasa y el coronavirus sigue contagiando a m¨¢s y m¨¢s poblaci¨®n, aunque la situaci¨®n est¨¢ mejorando. El estado de alarma ha provocado que ¨²nicamente se pueda salir a la calle con motivo de adquirir bienes de primera necesidad, para tirar la basura o pasear al perro en caso de tenerlo. Sin embargo, se tiene la duda de si el alquiler de una vivienda entrar¨ªa dentro de los bienes indispensables.

?Puedo alquilar un piso durante el confinamiento?

La respuesta es s¨ª. La vivienda est¨¢ considerada como un bien de primera necesidad, por lo que tanto el Gobierno como las empresas est¨¢n aportando facilidades para los inquilinos como para los propietarios de los inmuebles.

Una vez y se elija el piso, muchas empresas est¨¢n optando por hacer visitas online ante la situaci¨®n que estamos viviendo. Esta experiencia se basa en que un agente inmobiliario recorre el inmueble por todas las estancias y contando c¨®mo es la casa. Se pueden ver las caracter¨ªsticas de esta al detalle, adem¨¢s de observar las vistas que tiene a trav¨¦s de las ventanas y la luz que puede entrar, y por supuesto, el agente inmobiliario podr¨¢ resolver todas las dudas que el inquilino tenga.

Por parte de los propietarios, necesitar¨¢n datos acerca del inquilino para averiguar si es el indicado para el alquiler. Ser¨¢ necesario saber si tiene solvencia, si es puntual y regular a la hora de pagar el alquiler, y si cuidar¨¢ el inmueble.

?Qu¨¦ documentaci¨®n se debe presentar?

Para realizar un alquiler, deber¨¢s aportar tu contrato de trabajo y tus ¨²ltimas n¨®minas, para saber si puedes hacer frente al pago mensual de la vivienda. Adem¨¢s, se pedir¨¢ una copia del Documento Nacional de Identidad (DNI), y tambi¨¦n quiz¨¢s sea necesario presentar otros documentos que justifiquen la solvencia bancaria para demostrarselo a la agencia inmobiliaria. Por ¨²ltimo, es necesario tener preparada una fianza que corresponder¨¢ a una mensualidad de la renta.

El contrato ser¨¢ telem¨¢tico

Despu¨¦s de tener el s¨ª de ambas partes, faltar¨ªa ¨²nicamente la firma del contrato, y muchas agencias inmobiliarias est¨¢n dando la posibilidad de realizar estos contratos y sus correspondientes firmas de forma telem¨¢tica para as¨ª evitar el contacto f¨ªsico entre propietario e inquilino.

?Se podr¨¢ acceder a la vivienda?

Durante este estado de alarma, una vez y firmado el contrato, el inquilino recibir¨¢ las llaves del inmueble por mensajero, y se podr¨¢ entrar despu¨¦s del periodo de la cuarentena. La agencia informar¨¢ al inquilino de que las llaves han sido desinfectadas y que est¨¢n preparadas para su uso sin ning¨²n problema; pero si no se ha informado de esto, es conveniente hacerlo nosotros mismos con guantes y gel desinfectante.

?nica y exclusivamente estar¨¢ permitida la mudanza durante el confinamiento para aquellas personas que demuestren que han firmado el alquiler de una vivienda antes de la declaraci¨®n del estado de alarma. Esto se podr¨¢ demostrar con el contrato de prestaci¨®n de servicios de la empresa que se encargue de la mudanza.

?Qu¨¦ ocurre con el pago del alquiler?

Muchas personas se encuentran en una situaci¨®n econ¨®mica complicada a causa de la COVID-19, pues sus empresas han optado por llevar a cabo los famosos Expedientes Temporales de Regulaci¨®n de Empleo (ERTE), y por ello, el Gobierno ha tomado cartas en el asunto, ofreciendo un paquete de medidas y ayudas a las que pueden acogerse los ciudadanos en esta situaci¨®n. Adem¨¢s, algunos caseros tambi¨¦n est¨¢n eligiendo la condonaci¨®n, el aplazamiento o la reducci¨®n de las rentas del piso con motivo de ayudar a m¨¢s personas.

Por ¨²ltimo, si se diese el caso de que acaba nuestro contrato de alquiler durante el confinamiento, el Ejecutivo central ha propuesto una pr¨®rroga de los contratos de hasta seis meses, mientras el inquilino se lo solicite a su arrendador.