CORONAVIRUS

Qu¨¦ pasa si no hay mayor¨ªa para ampliar el estado de alarma en el Congreso

Mariscal

El Gobierno somete este jueves su intenci¨®n de prorrogar el estado de elarma hasta el 26 de abril a la aprobaci¨®n del Congreso de Diputados.

El Gobierno de Pedro S¨¢nchez somete este jueves al escrutinio y aprobaci¨®n del Congreso de los Diputados la pr¨®rroga del estado de alarma que vive Espa?a desde el 14 de marzo hasta el 26 de abril. Hasta ahora el ejecutivo ha contado con el respaldo de las fuerzas opositoras, que aprobaron la primera pr¨®rroga el 26 de abril.

Parece que S¨¢nchez sacar¨¢ adelante esta nueva pr¨®rroga, pero el ambiente se ha venido crispando en las ¨²ltimas semanas y ante posibles ampliaciones futuras surge la duda: ?qu¨¦ pasar¨ªa si el Congreso no da su respaldo a la nueva pr¨®rroga? La Ley Org¨¢nica 4/1981, que regula los estados de alarma, excepci¨®n y sitio, dispone en su art¨ªculo sexto que la declaraci¨®n del estado de alarma corresponder¨¢ al Gobierno "mediante decreto acordado en Consejo de Ministros". Dicho decreto, reza el art¨ªculo s¨¦ptimo, "determinar¨¢ el ¨¢mbito territorial, la duraci¨®n y los efectos del estado de alarma, que no podr¨¢ exceder de quince d¨ªas".

El mismo art¨ªculo dice que, pasados esos 15 d¨ªas, "s¨®lo se podr¨¢ prorrogar con autorizaci¨®n expresa del Congreso de los Diputados, que en este caso podr¨¢ establecer el alcance y las condiciones vigentes durante la pr¨®rroga". La aprobaci¨®n del Congreso necesita de una mayor¨ªa absoluta, que en la c¨¢mara baja del sistema parlamentario espa?ol est¨¢ fijada en 176 diputados. De la decisi¨®n final, reza el reglamento del Congreso, "se dar¨¢ traslado al ejecutivo". Si esta es negativa, se deber¨¢ dar por finalizado el estado de alarma en la fecha marcada antes de la solicitud de la pr¨®rroga, que ahora est¨¢ fijada en el 12 de abril.