Coronavirus
D¨ªaz Ayuso tiene 24 horas para suministrar material al personal sanitario de Madrid
Un juez da un d¨ªa para que la Comunidad proporcione los recursos necesarios a los hospitales. La presidenta elevar¨¢ el auto al Ministerio de Sanidad
El Juzgado de lo Social n¨²mero 31 de Madrid ha dado a la Comunidad de Madrid, presidida por Isabel D¨ªaz Ayuso un plazo de 24 horas para dotar de material de protecci¨®n a todos los centros sanitarios de la Comunidad al considerar que "las medidas preventivas son las necesarias para que los profesionales sanitarios puedan realizar su trabajo en las m¨ªnimas condiciones de seguridad".
As¨ª consta en un auto dictado por el juez, en el que el titular de este Juzgado admite las medidas cautelar¨ªsimas solicitadas por la Asociaci¨®n de M¨¦dicos Titulados y Superiores de Madrid contra la Consejer¨ªa de Sanidad. Por tanto, en un d¨ªa, la presidenta de la Comunidad de Madrid debe proveer a todos los centros sanitarios sean "p¨²blicos o privados" de todos los medios de protecci¨®n necesarios.
Preguntada por este auto en una entrevista en Telemadrid, D¨ªaz Ayuso ha asegurado que esta resoluci¨®n se la har¨¢ llegar al Ministerio de Sanidad: "Ese auto lo vamos a elevar a la autoridad pertinente que en este caso es el mando ¨²nico del Ministerio de Sanidad y m¨¢s desde que se decret¨® el estado de alarma y seguir nosotros mientras tanto pidiendo lo que llevamos diciendo desde hace muchas semanas que nos hace falta material en la Comunidad de Madrid para proteger a nuestros sanitarios y para poder seguir creando UCIs", ha comentado la presidenta auton¨®mica.
D¨ªaz Ayuso ha admitido en esta comparecencia que es "complicado" adquirir material sanitario fuera de Espa?a. "Para una comunidad es mucho m¨¢s complicado que para un Estado", ha indicado, al tiempo que ha reprochado al Gobierno estatal que no suministre material a Madrid: "Ayer recibimos cero, as¨ª no se puede trabajar", ha recalcado la presidenta. La presunta falta de suministro por parte del Gobierno estatal fue ayer desmentida por el ministro de Sanidad, Salvador Illa.
En la resoluci¨®n, el juez indica que es necesario que los profesionales sanitarios realicen su trabajo en las m¨ªnimas condiciones de seguridad y a?ade que "la situaci¨®n de urgencia se acredita por la pandemia derivada del virus COVID-19 que est¨¢ sufriendo todo el pa¨ªs, y en concreto la Comunidad de Madrid, y que requiere la actuaci¨®n urgente de todo el profesional m¨¦dico y sanitario posible para atender a los enfermos y evitar su mayor propagaci¨®n".
Prevenci¨®n de riesgos laborales
El auto tambi¨¦n recalca que estas medidas de seguridad las exigen legalmente los art¨ªculos 4,2,d) y 19 del Estatuto de los Trabajadores, que remarcan que "el empresario asume un deber de seguridad frente a quienes trabajan a su servicio; los art¨ªculos 14 y 15 de la ley 31/1995 de Prevenci¨®n de Riesgos Laborales, que establecen el derecho de los trabajadores a su protecci¨®n frente a los riesgos laborales; y el art¨ªculo 3 del RD 486/1997 por el que el empresario debe adoptar las medidas necesarias para que la utilizaci¨®n de los lugares de trabajo no origine riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores".
Respecto a los equipos de protecci¨®n de los trabajadores, el juez indica que resulta de aplicaci¨®n el Real Decreto 773/1997, de 30 de mayo, sobre disposiciones m¨ªnimas de seguridad y salud relativas a la utilizaci¨®n por los trabajadores de equipos de protecci¨®n individual.
En cuanto al personal sanitario, el juez se refiere al documento denominado "Procedimiento de actuaci¨®n para los servicios de prevenci¨®n de riesgos laborales frente a la exposici¨®n al nuevo coronavirus (SARS-COV-2)" elaborado por el Ministerio de Sanidad en fecha 5 de marzo de 2020, que establece el material necesario que es exigible a los equipos de protecci¨®n individual del personal sanitario, como son las mascarillas, guantes, ropa, protecci¨®n ocular y ropa, as¨ª como normas sobre almacenamiento y desecho.
"Por tanto, la obligaci¨®n legal de proteger a los trabajadores por parte de la empresa o administraci¨®n empleadora implica tambi¨¦n la obligaci¨®n de dotarles de los medios preventivos necesarios para que realicen su trabajo en las m¨ªnimas condiciones de seguridad", finaliza el juez.
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