Voto por correo elecciones 28-M: ?cu¨¢ndo se abre el plazo, c¨®mo votar y d¨®nde se puede solicitar?
El plazo para solicitar el voto por correo para las elecciones del pr¨®ximo 28 de mayo comenzar¨¢ este martes 4 de abril, tras la firma de la convocatoria electoral por el rey Felipe VI
Las elecciones municipales y auton¨®micas del pr¨®ximo 28 de mayo est¨¢n m¨¢s cerca. El pasado viernes 28 de marzo, el Consejo de Ministros aprob¨® la convocatoria que se publicar¨¢ de manera oficial en el BOE del 4 de abril. A partir de esta fecha, aquellos electores que lo deseen, podr¨¢n pedir el voto por correo.
?C¨®mo votar por correo el 28-M? Plazos y c¨®mo pedir el voto
El voto postal puede solicitarse desde este martes 4 de abril hasta el pr¨®ximo 18 de mayo, diez d¨ªas antes de los comicios. Una vez se haya solicitado el voto por correo, no se podr¨¢ votar de forma presencial el 28-M. La documentaci¨®n necesaria para votar v¨ªa postal se puede pedir en cualquier oficina de Correos. Debemos rellenar un impreso en Correos con nuestros datos y el DNI que acredite nuestra identidad.
Estos datos ser¨¢n remitidos por Correos a la delegaci¨®n provincial del Censo Electoral, organismo que enviar¨¢ la documentaci¨®n por correo certificado. Esta documentaci¨®n consta de: papeletas y sobres electorales, certificado de inscripci¨®n electoral, sobre con informaci¨®n de nuestra mesa electoral y hoja explicativa. Podremos recibir esta documentaci¨®n hasta seis d¨ªas antes de la cita electoral, es decir, el l¨ªmite para recibirla ser¨ªa el 22 de mayo. La fecha l¨ªmite para que enviemos nuestro voto electoral ser¨¢ el 24 de mayo, cuatro d¨ªas antes de los comicios.
?Qu¨¦ pasa con el voto en el extranjero?
En el caso de que residamos en el extranjero, las fechas cambian: el env¨ªo de la documentaci¨®n electoral debe realizarse por correo certificado entre los d¨ªas 18 y 25 posteriores a la convocatoria electoral. Tras la proclamaci¨®n de las listas, las Delegaciones Provinciales del Censo Electoral realizar¨¢n un segundo env¨ªo con las papeletas a los residentes en el extranjero entre los d¨ªas 29 y 33 posteriores a la convocatoria.
Se podr¨¢ votar en la urna de la embajada o el consulado entre los 2 y 4 ¨²ltimos d¨ªas antes de los comicios. En caso de que el voto sea v¨ªa correo certificado, tendremos que hacerlo con un l¨ªmite de 5 d¨ªas antes de la jornada electoral del 28 de mayo.