?Tengo que presentar la Renta si cobro una pensi¨®n contributiva?
Las pensiones contributivas deben presentar la Declaraci¨®n de la Renta si sus ingresos superan los 22.000 euros anuales o los 14.000 si proceden de dos pagadores diferentes.

El 11 de abril es una fecha clave para todos los contribuyentes en Espa?a. En esta jornada, arranca la Declaraci¨®n de la Renta 2022/23. Hasta el pr¨®ximo 30 de junio, todos los ciudadanos obligados a presentar este documento deben tramitar todo lo necesario para estar al d¨ªa con la Agencia Tributaria, ente regulador de este tipo de situaciones, y que vigila que no haya casos an¨®malos.
Hay muchos detalles que se deben tener en cuenta acerca de esta declaraci¨®n, y uno de los m¨¢s relevantes est¨¢ directamente relacionado con todas aquellas personas que reciben pensiones contributivas. En estas situaciones, hay que resaltar varios aspectos, como es el caso de la cantidad que perciben de forma anual. Esta es decisiva, ya que puede provocar que est¨¦n obligados a presentar el papel. En esta situaci¨®n, deben ingresar m¨¢s de 22.000 euros o 14.000, si proceden de dos pagadores diferentes.
Las pensiones contributivas que tienen que presentar la Renta
En primer lugar, cabe mencionar una de las cuestiones m¨¢s repetidas sobre la Declaraci¨®n de la Renta, y esa es saber si las pensiones contributivas deben presentar este documento. En este caso, la respuesta es afirmativa. Hacienda, ente que regula esta circunstancia, incluye a estos pensionistas, ya que considera que las cantidades que perciben de forma mensual son rendimientos de trabajo.
De hecho, esta circunstancia est¨¢ incluida dentro del art¨ªculo 17 de la ley sobre el Impuesto sobre la Renta de las Personas F¨ªsicas (IRPF), que indica que ¡°las pensiones y haberes pasivos percibidos de los reg¨ªmenes p¨²blicos de la Seguridad Social y clases pasivas y dem¨¢s prestaciones p¨²blicas por situaciones de incapacidad, jubilaci¨®n, accidente, enfermedad, viudedad, o similares, sin perjuicio de lo dispuesto en el art¨ªculo 7 de esta Ley¡±.
22.000 euros anuales, el umbral para presentar la Renta
Otro de los detalles m¨¢s interesantes que se deben rescatar acerca de este aspecto de la Renta es saber el umbral econ¨®mico en el que se encuentran las pensiones contributivas. 22.000 euros es la cantidad concreta. A partir de este guarismo, todos los pensionistas que superen dicha cifra est¨¢n obligados a presentar el documento en el que reflejan sus actividades profesionales en el ejercicio fiscal se?alado.
Asimismo, cabe mencionar que hay otra cantidad que puede ser solicitada para estar obligado a presentar la Declaraci¨®n de la Renta. Esa es 14.000 euros. Esto es debe a que dichos n¨²meros se obtuviesen de dos pagadores distintos, tal y como apunta Epe. Esto se produce, especialmente, cuando en el segundo, se superan de forma amplia los 1.500 euros.
Las pensiones de maternidad u orfandad, exentas del IRPF
Otro de los puntos m¨¢s relevantes acerca de esta circunstancia. En este caso, hay una serie de colectivos que no est¨¢n obligados a tributar el IRPF. Aquellos que cobren una pensi¨®n de incapacidad permanente, ya sea de total o gran invalidez, los que obtengan una ganancia por inutilidad o incapacidad permanente, o los que reciban pensiones de viudedad u orfandad, siempre y cuando est¨¦n vinculadas con actos de terrorismo, est¨¢n exentas de dicha situaci¨®n.
Esto es se?alado en el art¨ªculo 7 de la Ley del IRPF, que indica las clases de pensiones exentas:
¡°Las prestaciones p¨²blicas extraordinarias por actos de terrorismo y las pensiones derivadas de medallas y condecoraciones concedidas por actos de terrorismo¡±.
¡°Las ayudas de cualquier clase percibidas por los afectados por el virus de inmunodeficiencia humana, reguladas en el Real Decreto-Ley 9/1993, de 28 de mayo¡±.
¡°Las pensiones reconocidas en favor de aquellas personas que sufrieron lesiones o mutilaciones con ocasi¨®n o como consecuencia de la Guerra Civil, 1936/1939, ya sea por el r¨¦gimen de clases pasivas del Estado o al amparo de la legislaci¨®n especial dictada al efecto¡±.
¡°Las indemnizaciones como consecuencia de responsabilidad civil por da?os personales, en la cuant¨ªa legal o judicialmente reconocida¡±.
Las fechas claves para la Declaraci¨®n de la Renta
- 11 de abril al 30 de junio de 2023. Los contribuyentes podr¨¢n acceder al borrador de la renta a trav¨¦s de internet, mediante el sistema Renta Web.
- 5 de mayo a 30 de junio de 2023. La Agencia Tributaria le podr¨¢ confeccionar la declaraci¨®n de la Renta por tel¨¦fono. Para ello, habr¨¢ que cubrir la solicitud de cita previa desde el 2 de mayo al 29 de junio.
- 1 a 30 de junio de 2023. La Agencia Tributaria confeccionar¨¢ la declaraci¨®n presencialmente en sus oficinas, para lo que tambi¨¦n es necesario pedir cita, en este caso, desde el 25 de mayo hasta el 29 de junio.
La cita para ser atendido por tel¨¦fono o de manera presencial se puede concretar a trav¨¦s de Internet, en la p¨¢gina web de la Agencia Tributaria, o llamando a los siguientes n¨²meros de tel¨¦fono: 91 535 73 26 / 901 12 12 24 o 91 553 00 71 / 901 22 33 44.
Las personas que presenten la declaraci¨®n fuera de plazo se enfrentar¨¢n a multas que variar¨¢n en funci¨®n del retraso.
Novedades en la Declaraci¨®n de la Renta 2022-23
En los Presupuestos Generales del Estado (PGE) se incorporaron algunas novedades acerca de la declaraci¨®n de la Renta, aunque no entrar¨¢n dentro de la declaraci¨®n de este a?o. Una de las novedades es la subida de 14.000 a 15.000 euros del m¨ªnimo exento para declarar el IRPF y la ampliaci¨®n de 18.000 a 21.000 euros la reducci¨®n por los rendimientos del trabajo.
S¨ª habr¨¢ modificaciones en el IRPF en las comunidades aut¨®nomas que aprobaron cambios en los tramos del impuesto con car¨¢cter retroactivo, como es el caso de Madrid, Galicia, Comunidad Valenciana, Andaluc¨ªa y Murcia.
Por otro lado, se reduce de 2.000 a 1.500 euros la cantidad que el contribuyente puede deducir de planes de pensiones privados, mientras que, por el contrario, se ha ampliado hasta los 8.500 euros la reducci¨®n que se aplica en caso de que el contribuyente tenga un plan de pensiones de empresa.
La ¨²ltima novedad es que las madres de ni?os menores de tres a?os y sin empleo, y que reciben prestaciones contributivas o asistenciales, podr¨¢n aplicar la deducci¨®n por maternidad.