?Tengo que pagar los medicamentos en la farmacia si cobro el Ingreso M¨ªnimo Vital?
Las personas que perciben el Ingreso M¨ªnimo Vital est¨¢n exentas de pagar la prestaci¨®n farmac¨¦utica ambulatoria, lo que coloquialmente se conoce como copago farmac¨¦utico.
El Ingreso M¨ªnimo Vital no tan solo supone recibir la suma de dinero establecida de forma mensual, sino que tambi¨¦n implica la exenci¨®n de ciertos pagos en cuestiones de primera necesidad como la sanidad.
En consecuencia, los individuos que cobran el Ingreso M¨ªnimo Vital no tienen que pagar por los medicamentos prescritos por los m¨¦dicos de la sanidad p¨²blica. Adem¨¢s, debido a que las recetas est¨¢n informatizadas, no es necesario realizar ning¨²n tipo de solicitud a la Seguridad Social.
As¨ª lo ha confirmado recientemente la cuenta oficial de Twitter de atenci¨®n a la ciudadan¨ªa del Ministerio de Inclusi¨®n, Seguridad Social y Migraciones: ¡°Las personas beneficiarias del Ingreso M¨ªnimo Vital se encuentran exentas de la aportaci¨®n de los usuarios a la prestaci¨®n farmac¨¦utica ambulatoria¡±.
?Qu¨¦ es la prestaci¨®n farmac¨¦utica ambulatoria?
La prestaci¨®n farmac¨¦utica ambulatoria consiste en el pago parcial de los medicamentos que prescriben los m¨¦dicos de la sanidad p¨²blica. Se trata de lo que coloquialmente se conoce como copago farmac¨¦utico.
La cuant¨ªa de la prestaci¨®n farmac¨¦utica no es fija, sino que var¨ªa dependiendo del nivel de renta de la persona a la que se le ha recetado el medicamento en cuesti¨®n.
De esta forma, como ya se ha comentado en p¨¢rrafos anteriores, las personas que perciben el Ingreso M¨ªnimo Vital (y el resto de integrantes de la misma unidad familiar) est¨¢n exentos de abonar esta prestaci¨®n farmac¨¦utica ambulatoria.