AYUDAS
Subsidio a mayores de 45 a?os del SEPE: requisitos para pedirlo, cu¨¢nto se cobra y c¨®mo solicitar
Te contamos c¨®mo pedir el subsidio a mayores de 45 a?os del SEPE, cu¨¢les son los requisitos y d¨®nde se puede solicitar la ayuda econ¨®mica
El Servicio P¨²blico de Empleo Estatal ofrece varios subsidios diferentes para aquellas personas que hayan dejado de cobrar el paro, entre ellas, el subsidio para personas mayores de 45 a?os sin cargas familiares. Este subsidio est¨¢ dirigido a personas trabajadores que han agotado la prestaci¨®n contributiva, tienen 45 a?os o m¨¢s y no tienen responsabilidades familiares a su cargo.
Cuant¨ªa y duraci¨®n del subsidio a mayores de 45 a?os
La cuant¨ªa mensual corresponde al 80% del Indicador P¨²blico de Renta de Efectos M¨²ltiples (IPREM), que, actualmente, es de 463,21 €. Desde la reforma laboral del a?o 2012, la cuant¨ªa del subsidio se percibe en proporci¨®n a las horas trabajadas en el caso de haber perdido un trabajo a tiempo parcial. Si el ¨²ltimo contrato fue de media jornada, se cobrar¨ªa el 50% del subsidio.
Este subsidio tiene una duraci¨®n de seis meses, aunque en el caso los trabajadores fijos discontinuos, la duraci¨®n ser¨¢ equivalente al n¨²mero de meses cotizados por desempleo en el a?o anterior a la solicitud.
Requisitos para cobrar el subsidio a mayores de 45 a?os
Para percibir este subsidio es necesario:
Seg¨²n explica el SEPE, ¡°los requisitos deber¨¢n reunirse en el momento del hecho causante y, adem¨¢s, en el de la solicitud del subsidio, de las reanudaciones y durante toda la percepci¨®n del subsidio. Si no re¨²ne el requisito de carencia de rentas podr¨¢ obtener el subsidio si, dentro del plazo de un a?o desde la fecha del hecho causante, acredita que lo cumple. Se considera como fecha del hecho causante aquella en la que se cumpla el plazo de espera de un mes o la de la finalizaci¨®n de la causa de suspensi¨®n¡±.
?C¨®mo y cu¨¢ndo se puede solicitar el subsidio por desempleo a mayores de 45 a?os?
Para solicitarlo es necesario el modelo oficial de solicitud de la prestaci¨®n, el documento de identificaci¨®n de la persona, un documento bancario en el que aparezca la cuenta de la que el solicitante es titular y si la entidad gestora lo solicita, un justificante de rentas.
El plazo para presentar la solicitud es de 15 d¨ªas h¨¢biles a partir del cumplimiento del mes de espera y este comienza a contar a partir del d¨ªa siguiente al agotamiento de la prestaci¨®n contributiva.
Si se presenta la solicitud transcurrido el plazo citado, el derecho nacer¨¢ a partir del d¨ªa siguiente al de la solicitud y se reducir¨¢ su duraci¨®n tantos d¨ªas como haya entre el primer d¨ªa en que estaba disponible el derecho y el d¨ªa en que se formulase la solicitud.
La solicitud se podr¨¢ presentar a trav¨¦s de la sede electr¨®nica del SEPE, en la oficina de prestaciones (tras obtener una cita previa en la sede electr¨®nica del SEPE o por tel¨¦fono), en cualquier oficina de registro p¨²blico o por correo administrativo.
Diferencias con la renta para mayores de 52 a?os
El SEPE ofrece tambi¨¦n un subsidio para aquellas personas mayores de 52 a?os que tambi¨¦n hayan agotado su prestaci¨®n por desempleo y cumplan todos los requisitos, salvo la edad, para acceder a cualquier tipo de pensi¨®n de jubilaci¨®n: haber cotizado por jubilaci¨®n 15 a?os (dos de los cuales han de estar dentro de los ¨²ltimos 15) y que ha cotizado por desempleo un m¨ªnimo de 6 a?os a lo largo de su vida laboral. En caso de que una persona cumpla los requisitos para ambos subsidios, percibir¨ªa el segundo.