La multa que te pueden poner al revender un d¨¦cimo de Loter¨ªa de Navidad
Se trata de una pr¨¢ctica ilegal que puede acarrear multas superiores a la mitad de lo que hayan ganado. Para que sea legal, es indispensable obtener autorizaci¨®n previa de SELAE.
Se aproxima el 22 de diciembre, fecha en la que se celebra el sorteo de Loter¨ªa de Navidad. Contin¨²an a la venta los d¨¦cimos para el sorteo m¨¢s esperado del a?o, cuyo importe es de 20 euros. Son tradicionales las largas filas que se forman siempre en administraciones como Do?a Manolita en Madrid.
Los ciudadanos participan en masa en este sorteo, ya sea de forma individual o compartiendo d¨¦cimos con familiares y/o amigos, ante los jugosos premios que hay en juego, entre ellos, el ansiado Gordo. Sin embargo, sucede que hay algunas personas que tratan de revender los d¨¦cimos para obtener dinero extra de cara a las Navidades. Esta pr¨¢ctica es ilegal, seg¨²n se establece en el art¨ªculo 2 de la Instrucci¨®n General de Loter¨ªas.
¡°Considerada la Loter¨ªa Nacional como un servicio explotado por la Administraci¨®n, y sus billetes como efectos estancados, se declara prohibida la reventa de los mismos con sobreprecio, castig¨¢ndose esta reventa con arreglo a la legislaci¨®n vigente en materia de contrabando y defraudaci¨®n¡±. El mencionado art¨ªculo tambi¨¦n aplica la ilegalidad de la reventa para el Sorteo de El Ni?o, que tiene lugar el 6 de enero.
A su vez, el art¨ªculo 8 expone cu¨¢les son los puntos de venta donde deben comprarse los d¨¦cimos de Loter¨ªa. ¡°La venta de billetes solo podr¨¢ efectuarse en las Administraciones de Loter¨ªas legalmente establecidas, cuyos titulares, si lo estiman necesario, podr¨¢n valerse de vendedores autorizados que exclusivamente dependan de los mismos, en la forma que determinan los art¨ªculos 186 al 192 de esta Instrucci¨®n¡±.
La multa, superior a la mitad del premio obtenido
Aquellos que revendan d¨¦cimos fuera de la legalidad vigente, se enfrentan a sanciones econ¨®micas de, al menos, la mitad del premio obtenido, seg¨²n comunic¨® el sindicato de T¨¦cnicos del Ministerio de Econom¨ªa y Hacienda (Gestha). A su vez, los compradores se enfrentan a pagar impuestos adicionales sobre el sobreprecio de compra (el importe de compra no puede superar los 24 euros).
Para que esta pr¨¢ctica pueda ser legal, es indispensable obtener una autorizaci¨®n previa de la Sociedad Estatal de Loter¨ªas y Apuestas del Estado (SELAE). Toda organizaci¨®n que quiera vender Loter¨ªa de Navidad con recargo, no podr¨¢ a?adir un sobrecoste superior al 20%.
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Este a?o en el Diario AS nos hemos propuesto darte toda la informaci¨®n sobre la Loter¨ªa de Navidad: