Sociedad
Una vecina pierde la reclamaci車n de 10.000 euros a su comunidad de propietarios por los da?os al instalar el ascensor
La Audiencia Provincial de Madrid confirm車 en una sentencia la absoluci車n de una comunidad de vecinos de Alcorc車n de tener que abonar 9.946 euros a una de las propietarias.
La Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado en una sentencia la absoluci車n de una comunidad de propietarios de Alcorc車n de tener que abonar 9.946 euros a una de las propietarias por los da?os causados en su vivienda tras la instalaci車n de un ascensor.
En la demanda inicial, la vecina solicitaba que se condenara a la comunidad a hacerse cargo de los da?os causados, tras haber perdido un metro cuadrado de su cocina, al tener que ceder esa superficie para la instalaci車n. Adem芍s, la propietaria reclamaba el nuevo mobiliario de cocina, alegando que la comunidad se hab赤a comprometido a compensar con 1.500 euros y el cambio de los muebles afectados.
La vecina reclamaba un total de 9.946 euros
Junto a la demanda, la vecina adjuntaba un informe pericial que fijaba el valor de los muebles a instalar en reparaci車n de los instalados err車neamente por 1.010 euros e incorporaba presupuesto para la reparaci車n de los da?os sufridos en la vivienda por valor de 2.936 euros. Adem芍s, reclamaba 6.000 euros por da?os morales.
El Juzgado de Primera Instancia e Instrucci車n n迆mero 2 de Alcorc車n desestim車 la demanda y absolvi車 a la comunidad acogi谷ndose a la excepci車n de prescripci車n de la acci車n de responsabilidad extracontactual, al acreditarse diciembre de 2019 como fecha de finalizaci車n de la obra del ascensor y julio de 2021 como fecha de primera reclamaci車n del da?o causado, sin constar quejas en las juntas generales de propietarios de 2020 y 2021.
Contra el fallo, la propietaria interpuso recurso de apelaci車n ante la Audiencia Provincial de Madrid, que, por su parte, tambi谷n desestim車 el recurso y ratific車 la sentencia de primera instancia. La sala consider車 que el plazo para presentar la reclamaci車n hab赤a expirado y no se acredit車 que los da?os hubieran sido causados por la comunidad, adem芍s de que un ofrecimiento posterior de 500 euros por parte de la comunidad en 2022 no era un reconocimiento de responsabilidad, sino un gesto voluntario.
La importancia del art赤culo 1968.2 del C車digo Civil
Por 迆ltimo, el fallo incide en la importancia del art赤culo 1968.2 del C車digo Civil, que especifica que la acci車n derivada de la culpa o negligencia derivada de la responsabilidad civil extracontractual prescribe al a?o, desde que lo supo el agraviado.