Una mujer es despedida de manera procedente por ¡°serias irregularidades¡±: ve¨ªa este conocido programa de TV en su puesto
En otro caso, ver el f¨²tbol no fue motivo de despido. En este, ver un programa como ¡°La Isla de las Tentaciones¡± s¨ª ha sido raz¨®n de despido procedente.
En la sentencia 1096/24, confirmaba el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, bajo la ponencia de Jos¨¦ Luis Asenjo Pinilla, se ha determinado el despido procedente de una mujer que en su puesto de trabajo, donde no llevaba un a?o, trabajando en el departamento de Recursos Humanos, como responsable, fue encontrada viendo el programa de televisi¨®n ¡°La Isla de las Tentaciones¡±.
La controversia de esta sentencia es que la mujer fue despedida, despedido procedente, por ver ese programa de televisi¨®n en diferido pese a que le fue pedido que dejara de ver el programa ya que estaba en el trabajo, y aunque apag¨® el programa cuando estaba ah¨ª su coordinadora, seg¨²n ¨¦sta se fue, volvi¨® a poner el programa. Seg¨²n la empresa, este hecho ¡°ya de por s¨ª es susceptible de despido¡±, se un¨ªa a otras irregularidades, como el hecho de utilizar recursos de la compa?¨ªa para cuestiones personales, seg¨²n la empresa.
Si la empresa no tiene una pol¨ªtica clara sobre el uso de dispositivos de la empresa para actividades personales, podr¨ªa recibir una advertencia. La clave es que el tiempo dedicado a ver series no deber¨ªa interferir con las responsabilidades laborales. Adem¨¢s, un empleado utiliza el ordenador de la empresa para descargar y ver series sin autorizaci¨®n, consumiendo ancho de banda y recursos, lo que podr¨ªa considerarse no solo una distracci¨®n, sino tambi¨¦n un uso inapropiado de los recursos de la empresa, llevando a sanciones que pueden incluir la p¨¦rdida de acceso a ciertos recursos o medidas disciplinarias.
Ver f¨²tbol no es motivo de despido
Lo que no ocurri¨® con un trabajador que estaba en su puesto de trabajo viendo un partido de f¨²tbol. La misma supervisora tambi¨¦n vio a un compa?ero viendo en televisi¨®n deporte, pero a ¨¦ste no le pas¨® nada. De primeras, fue despedido de forma disciplinaria por ver durante 15 minutos el partido de f¨²tbol de la Eurocopa entre Espa?a y Croacia en horario de trabajo (partido de cuartos de final), el 2 de julio de 2021 Decidi¨® reclamar, y el Juzgado de lo Social N?17 de Valencia manifest¨® que ¡°ni desobedeci¨® la orden de la encargada ni hab¨ªa sido sancionado con anterioridad¡±, por lo que se calific¨® el despido de improcedente porque los hechos no ten¨ªan la gravedad suficiente. ¡°S¨®lo 15 minutos de una jornada laboral es una porci¨®n muy peque?a de toda la jornada¡±, el trabajador estaba con otros compa?eros viendo el partido.
En Espa?a, ver f¨²tbol durante el horario laboral puede tener consecuencias laborales que dependen de varios factores, incluyendo la pol¨ªtica de la empresa, la duraci¨®n del tiempo dedicado a ver el partido y si hay un acuerdo previo entre trabajadores y direcci¨®n.
Aunque ver f¨²tbol en el trabajo puede ser reprochable, el despido por esta raz¨®n sola es poco probable si se trata de un incidente aislado y de corta duraci¨®n, a menos que haya otras circunstancias agravantes. Los empleados deben ser conscientes de las pol¨ªticas de su empresa y, si no hay acuerdo previo, deber¨ªan evitar ver partidos durante el horario laboral para no arriesgarse a sanciones.
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