Un padre deshereda a su hijo, este impugna el testamento y acaba cobrando la herencia leg¨ªtima: ¡°Desoladora situaci¨®n personal¡±
El hombre explic¨® en el testamento que hab¨ªa sufrido maltrato psicol¨®gico como padre, pero el hijo lo impung¨® y cobrar¨¢ la herencia.
Aunque no es lo habitual, las herencias pueden convertirse en un tema de disputa familiar. Lo hemos visto en pel¨ªculas de ficci¨®n como ¡®Knives Out¡¯ (¡¯Pu?ales por la espalda¡¯), pero tambi¨¦n en la vida real. Es el caso de un padre que, antes de fallecer, deshered¨® a su hijo por falta de relaci¨®n y ¡°por no devolver como hijo lo que como padre le di con creces¡±.
Como respuesta, el hijo impugn¨® el testamento alegando que el distanciamiento se deb¨ªa al pasado de su relaci¨®n, pues el padre le hab¨ªa metido en un internado tras divorciarse. Finalmente, la Audiencia Provincial de Madrid le di¨® la raz¨®n al hijo, que cobrar¨¢ la leg¨ªtima.
El fallecido acusaba a su hijo de maltrato psicol¨®gico
En el testamento, el padre explic¨® los motivos que le hab¨ªan llevado a desheredar a su hijo. Seg¨²n el fallecido, hab¨ªa sufrido maltrato psicol¨®gico como padre y como abuelo, ya que el hijo hab¨ªa ¡°negado como padre, el derecho civil y moral, de unos menores (hab¨ªa sido padre) a disfrutar de un abuelo. Y a un abuelo de ense?ar y disfrutar de sus nietos¡±, algo que le caus¨® ¡°un profundo dolor, tristeza y abatimiento, depresi¨®n y maltrato psicol¨®gico¡±.
Razonaba tambi¨¦n que en torno a 2004 su hijo dej¨® de contestarle a las llamadas a pesar de su ¡°desoladora situaci¨®n personal¡±, pues ten¨ªa varios problemas de salud tras haber sido diagnosticado con c¨¢ncer. La relaci¨®n se cort¨® por completo en 2006, y solo tuvieron un intento de acercamiento en 2012. En el testamento concluye diciendo que ese era su deseo ¡°por no haber correspondido como hijo cuando lo necesit¨¦. Por no devolver como hijo lo que como padre le di con creces¡±.
La respuesta del hijo
En 2021 el hijo interpuso una demanda en su nombre y el de sus hijos (los nietos del fallecido) solicitando la nulidad de la cl¨¢usula de desheredaci¨®n. Impugn¨® el testamento diciendo que no hab¨ªa maltratado psicol¨®gicamente a su padre y que si se hab¨ªa distanciado era por motivos hist¨®ricos.
En la demanda justific¨® su falta de relaci¨®n: padre e hijo no hab¨ªan convivido desde 1980, a?o en el que se divorci¨® de la madre. Adem¨¢s, el hijo vivi¨® en un colegio interno, lo que enfri¨® por completo la relaci¨®n entre ambos.
Esto dice la legislaci¨®n
El juzgado le di¨® la raz¨®n al hijo tras comprobar que el maltrato psicol¨®gico no hab¨ªa existido, y que se trataba de una falta de contacto pero no un abandono ni menosprecio. Por lo tanto, la Audiencia Provincial de Madrid anul¨® la cl¨¢usula de desheredaci¨®n y ratific¨® el derecho del hijo a recibir la herencia.
La decisi¨®n se fundamenta en que para considerarse maltrato psicol¨®gico debe haber una conducta que genere un da?o emocional, y no solo una desconexi¨®n en la relaci¨®n. Es decir, que aunque s¨ª era cierto que no ten¨ªan contacto, no hab¨ªa nada que demostrase que el hijo maltrat¨® al padre.
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