Un empleado se va de compras durante su jornada laboral: la empresa lo despide y lo declaran improcedente con indemnizaci車n
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha concluido que irse de compras durante la jornada laboral es despido improcedente por no sancionar los hechos en los 60 d赤as posteriores al conocimiento de los hechos.

Irse de compras durante la jornada laboral puede no ser motivo de destituci車n, por lo menos fulminante. De hecho, para este caso en el que un empleado lo hizo, una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha considerado que se trata de despido improcedente con indemnizaci車n.
Y es que, seg迆n los magistrados, la empresa no respet車 el plazo legal de m芍s de 60 d赤as para sancionar desde el conocimiento de los hechos. Lo que ha propiciado el pago de casi 50.000 euros al empleado.
Una historia de detectives y comportamientos antidisciplinarios
El caso comienza con Ceferino (nombre ficticio). Seg迆n el medio digital Confilegal, 谷l trabajaba en una empresa desde diciembre de 2021, aunque su antig邦edad se remontaba a agosto de 2005 debido a la subrogaci車n de su anterior compa?赤a. Su funci車n consist赤a en la conservaci車n de hidrantes contra incendios en la zona Este de Madrid, con la obligaci車n de realizar al menos 18 inspecciones diarias. Sin embargo, en 2023, tras una comparativa con el desempe?o de otros inspectores (que realizaban entre 30 y 40 inspecciones al d赤a), la empresa decidi車 iniciar una investigaci車n sobre su productividad.
Para ello, la empresa contrat車 a una agencia de detectives, cuyos informes revelaron que Ceferino utilizaba su horario laboral para realizar actividades personales sin reflejarlo en su registro de jornada. Entre otras irregularidades, el informe indicaba que un d赤a el empleado estacion車 su veh赤culo en un centro comercial a las 10:01, donde permaneci車 10 minutos, y posteriormente, a las 10:34, se detuvo en un supermercado y sali車 ocho minutos despu谷s con bolsas de la compra. En otro d赤a de seguimiento, el 2 de junio de 2023, fue visto paseando a su perro cerca de su domicilio a las 12:55 sin portar su uniforme de trabajo, mientras su registro laboral indicaba que estaba trabajando de 7:00 a 15:00 horas.
Un despido ※justificado§ que la Justicia refuta
El 20 de junio de 2023, la empresa recibi車 el informe de la agencia de detectives y, el 28 de agosto, decidi車 despedir a Ceferino por incumplimiento de su jornada laboral. Sin embargo, el trabajador recurri車 la decisi車n ante el Juzgado de lo Social n.? 14 de Madrid, que en su sentencia del 8 de mayo de 2024 declar車 el despido improcedente. Como consecuencia, la empresa fue condenada a readmitir al empleado o a indemnizarlo con 48.899,49 euros.
La empresa present車 un recurso de suplicaci車n ante el TSJM, que fue resuelto por los jueces de la Sala de lo Social. En su sentencia 47/2025, los jueces confirmaron la decisi車n del Juzgado de lo Social y desestimaron el recurso de la empresa, argumentando que las acciones de Ceferino estaban ※prescritas§ debido a que la empresa super車 el plazo legal de 60 d赤as para imponer una sanci車n tras conocer los hechos, que es lo que estipula el Estatuto de los Trabajadores en este tipo de despidos.
※No respetaron el plazo legal para sancionar desde el conocimiento de los hechos. El despido se produjo 68 d赤as naturales despu谷s§, explic車 la abogada laboralista Sara Flores Carnacea, quien dio a conocer la sentencia del TSJM. Como resultado, el trabajador recibir芍 la indemnizaci車n establecida y su despido se considera improcedente.
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