COMUNIDADES DE VECINOS
?Tengo que cambiar el ascensor de mi comunidad de vecinos? Esto dice la nueva ITC que entra en vigor el 1 de julio
Te contamos todas las claves de la Instrucci¨®n T¨¦cnica Complementaria (ITC) que entra en vigor este 1 de julio con todos los cambios y modificaciones que habr¨¢ que hacer en los ascensores privados y p¨²blicos.
En abril pasado, el Bolet¨ªn Oficial del Estado (BOE) public¨® el Real Decreto 355/2024 por el que se aprobaba la Instrucci¨®n T¨¦cnica Complementaria ITC AEM 1 ?Ascensores?, que regula la puesta en servicio, modificaci¨®n, mantenimiento e inspecci¨®n de los ascensores, as¨ª como el incremento de la seguridad del parque de ascensores existente.
Seg¨²n la Federaci¨®n Empresarial Espa?ola de Ascensores (FEEDA), Espa?a tiene 1.180.000 ascensores, uno de los pa¨ªses con m¨¢s elevadores por habitante en todo el mundo. Se estima que el 50% del parque espa?ol de ascensores llevan al menos 20 a?os en funcionamiento y m¨¢s de 400.000 de ellos superan los 30 a?os de servicio.
Esta nueva normativa, que entra en vigor el pr¨®ximo 1 de julio, se basa en las normas UNE e incluye distintas novedades a tener en cuenta, tanto en ascensores de viviendas particulares como de edificios p¨²blicos y de empresas.
?Cu¨¢les son las nuevas medidas con los ascensores que entran en vigor el 1 de julio?
En este sentido, los Administradores de Fincas deben tener en cuenta algunas cuestiones, seg¨²n detalla FEEDA:
Adem¨¢s, las medidas de seguridad incluidas en el Real Decreto 57/2005 siguen siendo de incorporaci¨®n obligada en ascensores, por lo que este Real Decreto vendr¨ªa a aplicar una mejora en la seguridad de los mismos.
?Cu¨¢l ser¨¢ la documentaci¨®n que debe tener el titular de un ascensor?
El titular es responsable de contratar a su debido tiempo la inspecci¨®n reglamentaria del ascensor, que puede ser contratada por un representante, pero en ning¨²n caso por la empresa conservadora.
?Cu¨¢ndo se aplican estos cambios?
Estos cambios se aplican en ascensores ya instalados as¨ª como aquellos de nueva instalaci¨®n. Hay un plazo diferente para cada medida m¨ªnima de seguridad pero se deben cumplir todas en la revisi¨®n que corresponda.
?C¨®mo ser¨¢n las inspecciones de los ascensores a partir de julio de 2024?
El art¨ªculo 11 establece el marco legal para las inspecciones de ascensores en Espa?a, conforme al Real Decreto 2200/1995. Las inspecciones se clasifican en iniciales, peri¨®dicas y otras inspecciones, y deben ser realizadas por organismos de control acreditados para garantizar la seguridad de los aparatos.
Respecto a las peri¨®dicas, deben cumplir los siguientes plazos:
-Ascensores instalados en edificios destinados a usos industriales o lugares de p¨²blica concurrencia: cada 2 a?os.
-Ascensores instalados en edificios de m¨¢s de 20 viviendas o que ofrecen servicio a m¨¢s de cuatro plantas: cada 4 a?os.
-Ascensores no incluidos en los casos anteriores: cada 6 a?os.
?Qu¨¦ pasa si el ascensor de mi edificio no cumple?
Hay tres opciones:
?Qu¨¦ pasa si el ascensor se sigue usando aunque no cumpla la normativa?
Las infracciones de la nueva ITC se clasificar¨¢n y sancionar¨¢n de acuerdo con la Ley 21/1992, de 16 de julio, con las siguientes multas:
-Infracciones leves: multas de hasta 60.000 €, con una prescripci¨®n de 1 a?o.
-Infracciones graves: multas de hasta 6.000.000 €, con una prescripci¨®n de 3 a?os.
-Infracciones muy graves: multas de hasta 100.000.000 €, con una prescripci¨®n de 5 a?os.
Seg¨²n datos del Gobierno, se calcula que las mejoras previstas para todo el parque de ascensores existente en Espa?a tendr¨¢n un impacto econ¨®mico (coste) de unos 708 millones de euros a abordar en 7 a?os y reforzar¨¢n la seguridad de los ascensores existentes.