?Se puede desheredar al c¨®nyuge de una herencia y cu¨¢les son los requisitos para sacarle del testamento?
Para desheredar a un c¨®nyuge, el proceso debe realizarse en testamento, fundarse en alguna de las causas fijadas en la ley y probar que la causa es cierta.

En Espa?a, una de las circunstancias que genera m¨¢s conflicto entre las familias suele ser el tema de las herencias. Tras el fallecimiento de un familiar, llega el momento del reparto de la herencia, si es que la hubiese.
Y con este reparto vienen los conflictos. A veces no hay testamento y, en otras ocasiones, aunque lo haya, no todo el mundo suele estar de acuerdo con la partici¨®n de la herencia. Una de las figuras que m¨¢s presente suele estar en las cuestiones de la herencia es el c¨®nyuge. Adem¨¢s, de los hijos, la pareja de la persona fallecida suele tener mucho que decir en el posterior reparto de sus bienes (y deudas).
?En qu¨¦ casos hereda el c¨®nyuge de una persona fallecida?
En el caso de que haya separaci¨®n de bienes, cada c¨®nyuge es propietario de sus bienes, tantos los previos a los posteriores a la celebraci¨®n del matrimonio. Si hay gananciales, se reparten al 50% durante el matrimonio y el 50% ser¨¢ lo que constituya la herencia. Todo ello, siempre y cuando no haya divorcio, separaci¨®n (que debe ser probada) o nulidad legal previa al deceso. En cualquier caso, si hay testamento previo a la separaci¨®n o divorcio, se recomienda modificarlo.
?A qu¨¦ tiene derecho el c¨®nyuge superviviente?
1. Usufructo: es decir, al disfrute de una parte de la herencia, conocido como usufructo viudal, que podr¨¢ variar si el fallecido tuviese hijos o descendientes (1/3), si no los tuviese pero s¨ª hubiese padres o ascendientes (1/2), o si no tuviese ni descendientes ni ascendientes (2/3).
2. Herencia: las herencias se dividen en tres tercios (leg¨ªtima, para los herederos forzosos; mejora, dando m¨¢s derechos a unos herederos que a otros; y libre disposici¨®n, para que el causante se lo deje a quien quiera). En este caso, el fallecido podr¨ªa dejar en el testamento que el tercio de mejora y de libre disposici¨®n vaya a parar al c¨®nyuge.
?Y qu¨¦ pasa con las parejas de hecho y aquellas parejas que no est¨¢n casadas?
En el caso de las parejas de hecho, el C¨®digo Civil no reconoce las parejas de hecho como herederos forzosos. A nivel estatal, si uno de los miembros de la pareja fallece, el otro no tiene derechos sobre el caudal hereditario salvo que haya testamento, pero sin tener la condici¨®n de heredero forzoso en el mismo. Lo mismo sucede para aquellas parejas que no est¨¢n casadas.
?Cu¨¢les son las causas para desheredar al c¨®nyuge?
El C¨®digo Civil establece varias causas para desheredar a un c¨®nyuge:
Causas generales
- Haber incumplido grave o reiteradamente los deberes conyugales.
- Las que dan lugar a la p¨¦rdida de la patria potestad, conforme al art¨ªculo 170 del C¨®digo Civil.
- Haber negado alimentos a los hijos o al otro c¨®nyuge
- Haber atentado contra la vida del c¨®nyuge testador, si no hubiere mediado la reconciliaci¨®n. La reconciliaci¨®n posterior del ofensor y del ofendido priva a ¨¦ste del derecho de desheredar, y deja sin efecto la desheredaci¨®n ya hecha.
Causas de indignidad
- Ser condenado por sentencia firme por delitos contra la libertad, la integridad moral y la libertad e indemnidad sexual.
- Ser condenado por denuncia falsa.
- Obligar a hacer testamento o cambiarlo con amenaza, fraude o violencia.
- Impedir al c¨®nyuge hacer testamento, revocar el que tuviese hecho, suplantarle, ocultarle o alterar otro posterior.
Una vez tengamos toda la informaci¨®n relativa a una o varias de las causas antes descritas, el testador deber¨ªa de presentar la demanda de desherencia en los tribunales competentes para probarlo. Y por ¨²ltimo, oficializarlo en el testamento, puesto que el c¨®nyuge podr¨ªa apelar la sentencia si este paso no est¨¢ hecho.
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