?Se puede adelantar a un coche de la Guardia Civil o Polic¨ªa Nacional? Esto dice el Reglamento de la DGT
No hay ninguna ley ni normativa que impida expl¨ªcitamente adelantar en estos casos, siempre que se respete el RGC.
Todo conductor o conductora que se precie siente una ligera subida de tensi¨®n cuando se encuentra en carretera con un coche de la autoridad, ya sea Guardia Civil, Polic¨ªa Nacional, Municipal¡ Lo m¨¢s com¨²n, al ser la encargada de sancionar cuando es oportuno en carretera, es encontrarte con m¨¢s frecuencia veh¨ªculos de la Guardia Civil.
Ante estas situaciones, al conductor se le vienen distintos pensamientos a la cabeza. ?Freno? ?Llevo todos los papeles? ?Y los tri¨¢ngulos? Adem¨¢s, la tensi¨®n hace que dudemos en adelantar a estos veh¨ªculos cuando lo necesitamos, puesto que tenemos miedo a una posible multa.
Es natural que la presencia de un coche de la autoridad en carretera genere cierta inquietud, llevando a los conductores a cuestionar su propio cumplimiento de las normas. La clave est¨¢ en mantener la calma y actuar con seguridad, confiando en que estamos haciendo lo correcto.
La realidad es que, siempre que respetes el Reglamento General de Circulaci¨®n y lleves a cabo el adelantamiento siguiendo todas las normas y limitaciones de la carretera por la que circulas, puedes adelantar a un coche de la Guardia Civil o de la Polic¨ªa sin ning¨²n problema. No hay ninguna ley o normativa que lo impida expl¨ªcitamente.
Si el adelantamiento es en autov¨ªa, pon el intermitente y respeta la distancia de seguridad antes de adelantar. Si es en una carretera convencional, nacional, o cualquier carretera de doble sentido, haz lo mismo y aseg¨²rate de que puedes hacer el adelantamiento sin riesgo (cuando no vengan coches por el sentido contrario) y de que no superas la velocidad m¨¢xima permitida por m¨¢s de 10 km/h. Adem¨¢s, no debes provocar que los otros veh¨ªculos alteren o modifiquen la velocidad.
Adem¨¢s, es com¨²n que muchos conductores frenen o reduzcan la velocidad al ver un coche de la Guardia Civil, pero es importante saber que no existe ninguna normativa que obligue a hacerlo. Este comportamiento no es necesario a menos que el agente de Tr¨¢fico te lo indique o te encuentres ante un control rutinario. Si est¨¢s respetando el Reglamento General de Circulaci¨®n y no excediendo el l¨ªmite de velocidad, no tienes de qu¨¦ preocuparte ni por qu¨¦ disminuir la velocidad.
De hecho, reducir la velocidad sin motivo justificado puede ser peligroso, ya que podr¨ªas provocar una reacci¨®n brusca en otros veh¨ªculos, aumentando el riesgo de accidente. Lo m¨¢s seguro y recomendable es mantener la velocidad permitida y seguir las normas de la v¨ªa, lo que te permitir¨¢ circular con tranquilidad y, si es necesario, incluso adelantar a los agentes sin inconvenientes.
?Cu¨¢ndo debes ceder el paso a un veh¨ªculo de emergencias?
Los veh¨ªculos de emergencia, como ambulancias, bomberos y polic¨ªa, tienen prioridad en la v¨ªa cuando est¨¢n en servicio urgente, seg¨²n el Reglamento General de Circulaci¨®n. Para indicar que se encuentran en servicio urgente, deben usar luces y se?ales ac¨²sticas para indicar su presencia, siendo las luces de emergencia azules desde 2018.
En ese caso pueden superar l¨ªmites de velocidad y no respetar algunas se?ales de tr¨¢fico, siempre que no pongan en peligro a otros. Sus conductores deben asegurarse de que no haya riesgos antes de ignorar se?ales como sem¨¢foros y deben seguir siempre las ¨®rdenes de los agentes de tr¨¢fico.
Como conductor, si te encuentras a un veh¨ªculo de emergencias en servicio urgente, deber¨¢s apartarte a la derecha, deteni¨¦ndote si es necesario, tal y como indica el art¨ªculo 69 del Reglamento General de Circulaci¨®n. En caso de que esto te ocurra mientras est¨¢s retenido en un atasco, es simple, ap¨¢rtate a la derecha o a la izquierda seg¨²n convenga por tu posici¨®n y por donde viene el veh¨ªculo de emergencia, creando as¨ª el ¡°corredor de emergencia¡±.
Otro caso es que un veh¨ªculo de polic¨ªa que emite una luz intermitente o destellante se coloque detr¨¢s de ti, debes detenerte a la derecha, delante de dicho veh¨ªculo, siempre que sea posible sin causar molestias o peligro para los dem¨¢s conductores.
Por ¨²ltimo, si un conductor de un veh¨ªculo no prioritario se ve obligado a realizar un servicio de urgencia, debe advertir a los dem¨¢s usando el claxon de forma intermitente y agitando un pa?uelo por la ventanilla, seg¨²n el art¨ªculo 70 del Reglamento General de Circulaci¨®n.
A pesar de la urgencia, debe respetar las normas de tr¨¢fico, especialmente en intersecciones. Esta situaci¨®n solo se justifica en casos de verdadera emergencia, y los agentes pueden pedir una explicaci¨®n. Incumplir estas normas se considera una infracci¨®n grave.
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