Se da un fest¨ªn en un mes¨®n y gasta 3.000 euros en gasolina y peajes: la justicia act¨²a y le da la raz¨®n a Pescanova
La empresa aleg¨® que el trabajador carg¨® a la compa?¨ªa 68 comidas y dinero en gasolina y peajes injustificadamente.

El Tribunal Supremo ha confirmado la procedencia del despido de un directivo de Pescanova que ocupaba el cargo de director comercial de producto fresco desde 1995. La empresa justific¨® su decisi¨®n al descubrir que el empleado hab¨ªa cargado a la compa?¨ªa gastos personales injustificados, incluyendo 68 comidas de grupo y m¨¢s de 3.000 euros en combustible y peajes en un periodo de ocho meses.
Entre mayo de 2021 y enero de 2022, el empleado registr¨® gastos de combustible que ascendieron a 3.736 euros, lo que equivaldr¨ªa a recorrer aproximadamente 31.000 kil¨®metros en ese periodo. Adem¨¢s, se identificaron 68 comidas de grupo por un total de 8.074 euros, de las cuales el 62% se realizaron en un restaurante cercano a su domicilio. Muchas de estas comidas se llevaron a cabo durante fines de semana y contaron con la participaci¨®n de amigos personales del directivo y empleados de otras empresas sin relaci¨®n directa con Pescanova.
La auditor¨ªa interna tambi¨¦n revel¨® que realizaba m¨²ltiples repostajes el mismo d¨ªa o en d¨ªas consecutivos en dos veh¨ªculos diferentes, uno de gasolina y otro de gas¨®leo. Adem¨¢s, se detectaron gastos en peajes y estacionamientos durante los fines de semana que no estaban justificados por actividades laborales.
Tras detectar estas irregularidades, Pescanova inici¨® un expediente disciplinario en febrero de 2022, que culmin¨® con el despido del directivo, quien impugn¨® la decisi¨®n, pero tanto el Juzgado de Primera Instancia como el Tribunal Superior de Justicia de Galicia desestimaron su demanda, considerando que los hechos constitu¨ªan un incumplimiento grave de las normas internas de la empresa. El Tribunal Supremo ratific¨® esta decisi¨®n al inadmitir el recurso de casaci¨®n presentado por el exdirectivo, al no encontrar contradicciones relevantes entre las sentencias invocadas como contraste y la emitida en su caso.
El fallo del Tribunal Supremo refuerza la posici¨®n de las compa?¨ªas para actuar contra conductas que vulneren esta confianza, estableciendo un precedente para futuros casos similares.
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