?Qu¨¦ son los estados de alarma, excepci¨®n y sitio y cu¨¢les son las diferencias?
Las consecuencias de la DANA en Espa?a podr¨ªan llevar al Gobierno a decretar el estado de alarma regulado en la Constituci¨®n Espa?ola.
La DANA sigue causando destrozos en Espa?a. Regiones como Valencia y Castilla-La Mancha son las m¨¢s afectadas por la llegada de una de las peores tormentas que se recuerdan en mucho tiempo. Centenares de personas han quedado atrapadas por las inundaciones en diversas localidades de toda la Comunitat, y las cifras de desaparecidos y fallecidos siguen aumentando en esta ma?ana del 30 de octubre.
Las consecuencias de la DANA, m¨¢s all¨¢ de las evidentes, no est¨¢n tardando en llegar a todas las partes de Espa?a. Tras suspenderse temporalmente el pleno del Congreso, miles de personas piden que se decrete el estado de alarma para ayudar a las v¨ªctimas. Y es que la intensidad de la tormenta es tal que cada vez es m¨¢s probable que el Gobierno se acoga al estado de alarma, de excepci¨®n o de sitio regulados en la Constituci¨®n Espa?ola. Estas son todas las diferencias entre ellos.
Estado de alarma
Regulado en la Constituci¨®n Espa?ola en el art¨ªculo 116 y a trav¨¦s de la Ley Org¨¢nica 4/1981. Tal y como indica la Carta Magna, el estado de alarma ¡°ser¨¢ decretado el Gobierno mediante decreto acordado en Consejo de Ministros por un plazo m¨¢ximo de quince d¨ªas, dando cuenta al Congreso de los Diputados¡±.
A diferencia de los otros dos tipos, es el de car¨¢cter m¨¢s leve y de aplicarse alguna medida por culpa de la DANA, todo parece indicar que ser¨ªa el estado de alarma. Esta medida se toma en casos como crisis sanitarias, cat¨¢strofes o desgracias p¨²blicas como por ejemplo inundaciones como puede ser la DANA, o terremotos de gran magnitud, casos de desabastecimiento de productos de primera necesidad o paralizaci¨®n de servicios p¨²blicos para la comunidad.
Algunas libertades que se podr¨ªan ver afectadas son la circulaci¨®n o permanencia de personas en lugares determinados, la intervenci¨®n de industrias, f¨¢bricas o talleres salvo domicilios particulares, racionar o limitar el uso o consumo de art¨ªculos de primera necesidad, o impartir las ¨®rdenes necesarias para el abastecimiento de supermercados.
Adem¨¢s, la ley contempla sanciones en caso de que no se cumplan con las normas establecidas. En el art¨ªculo 10.1 de la norma se establece que ¡°el incumplimiento o la resistencia a las ¨®rdenes de la Autoridad competente en el estado de alarma ser¨¢ sancionado con arreglo a lo dispuesto en las leyes¡±.
Estado de excepci¨®n
Regulado en la misma ley que el estado de alarma, es un mecanismo que se ejecuta en casos de mayor gravedad. En este caso, este mecanismo ¡°ser¨¢ declarado por el Gobierno mediante decreto acordado en Consejo de Ministros, previa autorizaci¨®n del Congreso de los Diputados¡±. Tal y como se indica en el segundo punto del art¨ªculo 116 de la Constituci¨®n, tanto la autorizaci¨®n como el decreto del estado de excepci¨®n ¡°deber¨¢ determinar expresamente los efectos del mismo, el ¨¢mbito territorial a que se extiende y su duraci¨®n, que no podr¨¢ exceder de treinta d¨ªas¡±.
En su art¨ªculo 13, recoge la ley 4/1981 que se aplicar¨¢ cuando ¡°el libre ejercicio de los derechos y libertades de los ciudadanos, el normal funcionamiento de las instituciones democr¨¢ticas, el de los servicios p¨²blicos esenciales para la comunidad, o cualquier otro aspecto del orden p¨²blico, resulten tan gravemente alterados que el ejercicio de las potestades ordinarias fuera insuficiente para restablecerlo y mantenerlo¡±.
Una vez aplicado, a diferencia del estado de alarma, si se proceder¨¢ a suspender los art¨ªculos que ata?en a los derechos y libertades fundamentales de los ciudadanos, tales como 17 y 18, apartados 2 y 3; art¨ªculos 19 y 20, apartados 1, a) y d), y 5; art¨ªculos 21 y 28 apartado 2, y art¨ªculo 37 apartado 2 de la Carta Magna.
En caso de que haya personas que produzcan alteraciones del orden p¨²blico una vez declarado el estado de excepci¨®n, se recoge en el art¨ªculo 16.1 la orden de detenci¨®n de ¨¦stas ¡°si lo considera necesario la Autoridad gubernativa¡±. Dicha detenci¨®n ¡°no podr¨¢ exceder los diez d¨ªas de duraci¨®n¡± y se debe comunicar en el plazo de 24 horas al juez correspondiente.
Estado de sitio
Es el recurso que se aplica en caso de m¨¢xima gravedad. Solo se aplicar¨¢, seg¨²n recoge la Ley Org¨¢nica 4/1981 que recoge los tres tipos de estados: ¡°Cuando se produzca o amenace producirse una insurrecci¨®n o acto de fuerza contra la soberan¨ªa o independencia de Espa?a, su integridad territorial o el ordenamiento constitucional, que no pueda resolverse por otros medios¡±
Adem¨¢s, la declaraci¨®n ¡°determinar¨¢ el ¨¢mbito territorial, duraci¨®n y condiciones del estado de sitio y podr¨¢ autorizar, adem¨¢s de lo previsto para los estados de alarma y excepci¨®n, la suspensi¨®n temporal de las garant¨ªas jur¨ªdicas del detenido¡±.
Tanto en los estados de alarma como en los de excepci¨®n, seg¨²n recoge la web del Ministerio de Defensa, no prev¨¦ la intervenci¨®n de fuerzas militares. Adem¨¢s, en el art¨ªculo 116, se se?ala que ¡°la declaraci¨®n de los estados de alarma, de excepci¨®n y de sitio no modificar¨¢n el principio de responsabilidad del Gobierno y de sus agentes reconocidos en la Constituci¨®n y en las leyes¡±.
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