?Qu¨¦ servicios de luz y gas se pueden contratar por tel¨¦fono? Las excepciones a la prohibici¨®n del Gobierno
La contrataci¨®n de este tipo de servicios se podr¨¢ hacer si surge por iniciativa del cliente y la llamada tendr¨¢ que ser grabada.
La contrataci¨®n de servicios como luz o gas a trav¨¦s de llamada podr¨ªa cambiar en los pr¨®ximos d¨ªas. El Gobierno est¨¢ estudiando una nueva propuesta en el Reglamento General de Suministro y Contrataci¨®n, incluido en el real decreto que se est¨¢ tramitando por parte del Ministerio para la Transici¨®n Ecol¨®gica.
En el ¨²ltimo apartado del Art¨ªculo 13. Obligaciones del comercializador de energ¨ªa el¨¦ctrica, se especifica que: ¡°El comercializador no podr¨¢ realizar publicidad ni pr¨¢cticas de contrataci¨®n no solicitadas por el usuario por v¨ªa telef¨®nica, salvo que exista una petici¨®n expresa por parte del consumidor o la llamada sea originada por su propia iniciativa. En estos casos, el comercializador deber¨¢ grabar la totalidad de la llamada, independientemente de qui¨¦n la origine, incluyendo toda la informaci¨®n facilitada al consumidor y, en su caso, la informaci¨®n precontractual con las caracter¨ªsticas b¨¢sicas de la oferta¡±.
La contrataci¨®n por tel¨¦fono: si el cliente lo solicita
Por ello, la adquisici¨®n de este tipo de servicios por medio de llamada telef¨®nica se puede hacer, siempre y cuando sea el propio cliente el que llame directamente a la compa?¨ªa para solicitar dicho servicio. La comercializadora tendr¨¢ que grabar el di¨¢logo, incluyendo la informaci¨®n precontractual que se ha dado al cliente.
Esta iniciativa surge a partir de la petici¨®n de la Comisi¨®n Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), seg¨²n la cual, en los ¨²ltimos tiempos, se han registrado numerosas reclamaciones de consumidores que han recibido llamadas enga?osas por parte comercializadoras de estos servicios. En muchas de ellas, se ha producido la contrataci¨®n de servicios de suministro de forma deficiente o sin haber sido los suficientemente informados.
La figura del ¡®defensor del cliente el¨¦ctrico¡¯
Adem¨¢s, otra de las medidas de gran calado que se pretende incluir es la figura del ¡®defensor del cliente el¨¦ctrico¡¯. Estas figuras se estar¨ªan dentro de los departamentos de atenci¨®n al cliente, si bien, la implantaci¨®n de estos ser¨¢ de car¨¢cter opcional.
Una anterior ley, la Ley General de Telecomunicaciones de junio de 2022, ya recog¨ªa el derecho de los usuarios de no recibir llamadas de tipo comerciales si as¨ª no lo deseaban. Si bien, en aquellos casos en los que el consumidor diese de forma expresa su consentimiento para este tipo comunicaciones podr¨ªan llevarse a cabo.
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