?Puedo usar el m¨®vil si estoy con el coche parado en un sem¨¢foro o en un atasco? Esto dice la DGT
La Ley de Tr¨¢fico establece como infracci¨®n grave el simple hecho de coger el tel¨¦fono m¨®vil con una mano, sea cual sea la circunstancia. Las multas ascienden a los 200 euros.
Muchas veces cuando nos encontramos conduciendo y estamos parados, ya sea porque el sem¨¢foro est¨¢ en color rojo o se ha formado un atasco, es muy normal que los conductores se distraigan utilizando sus tel¨¦fonos m¨®viles. El uso del m¨®vil en el coche es una de las distracciones m¨¢s comunes que suele provocar, en ¨²ltima instancia, decenas de accidentes de tr¨¢fico.
Este hecho provoc¨® hace ya algunos a?os que la Direcci¨®n General de Tr¨¢fico (DGT) endureciera las sanciones por el uso de dispositivos m¨®viles cuando se est¨¢ al volante. As¨ª, la infracci¨®n pasaba de una sanci¨®n de tres puntos y costar seis y, adem¨¢s, una multa econ¨®mica de 200 euros. De este modo, y aunque muchos usuarios lo desconozcan, se trata de una infracci¨®n grave.
As¨ª queda recogido en la Ley sobre Tr¨¢fico, Circulaci¨®n de Veh¨ªculos a Motor y Seguridad Vial, que en su art¨ªculo 76 informa sobre las infracciones de car¨¢cter grave. Entre otras, el apartado g) se?ala lo siguiente: ¡°Utilizar, sujet¨¢ndolo con la mano, o manteni¨¦ndolo ajustado entre el casco y la cabeza del usuario, dispositivos de telefon¨ªa m¨®vil mientras se conduce, conducir utilizando manualmente dispositivos de telefon¨ªa m¨®vil en condiciones distintas a las anteriores, conducir utilizando manualmente navegadores o cualquier otro medio o sistema de comunicaci¨®n, as¨ª como llevar en los veh¨ªculos mecanismos de detecci¨®n de radares o cinem¨®metros¡±.
Por lo tanto, la respuesta es que no se puede usar un tel¨¦fono m¨®vil mientras se circula, ni aunque solo sea para mirar la hora o revisar si nos ha llegado un WhatsApp. De hacerlo, estar¨ªamos incurriendo en una infracci¨®n grave por el mero hecho de sujetar el tel¨¦fono con una mano. En caso de ser vistos por un agente de tr¨¢fico, nos exponemos a una multa de 200 euros y seis puntos del carnet de conducir.
De acuerdo con el reglamento vigente, las infracciones leves son sancionadas con multas de hasta 100 euros; las graves con sanciones de hasta 200 euros, y las muy graves con un m¨¢ximo de 500 euros. Pero, adem¨¢s, se establecen algunas consideraciones en materia de cuant¨ªa de las multas, como conducir con altas tasas de alcohol o bajo el consumo de drogas (hasta mil euros) o circular con inhibidores de radares (6.000 euros).