?Puedes invitar a amigos o familiares a la piscina comunitaria si est¨¢s alquilado?
El inquilino debe acudir a las reglas que figuran en los Estatutos del r¨¦gimen interno de la Comunidad de Propietarios, que son diferentes en funci¨®n de la finca en la que habite.
El calor va cobrando fuerza de manera progresiva tras un inicio de junio pasado por agua. Y a la vez que los rayos de luz asoman entre las nubes, tambi¨¦n van pidiendo paso todos aquellos h¨¢bitos y costumbres que componen el d¨ªa a d¨ªa veraniego. La ¨¦poca estival se enmarca en un pack tan r¨ªgido como bien definido. Helader¨ªas abiertas, largas vacaciones, ventiladores giratorios, tinto fr¨ªo y un largo etc¨¦tera integran una lista que est¨¢ coronada por la imagen m¨¢s ic¨®nica del verano: la piscina.
Un chapuz¨®n arregla la tarde. Y deja la sensaci¨®n de que tambi¨¦n la vida. En una tarde cualquiera de julio, cuando el sudor de la espalda obliga a separar el cuerpo del sof¨¢, Espa?a se parte en dos: est¨¢n aquellos que tienen piscina y deciden ponerse a remojo, y est¨¢n los que miran a la terraza pensando si el suelo aguantar¨ªa el peso de una de pl¨¢stico. Ambos mundos colisionan cuando los segundos visitan a los primeros. Si la piscina es particular probablemente no haya problema, pero ahora conviene saber qu¨¦ ocurre cuando se trata de un alquiler y de una pileta comunitaria.
Una misma ley para todos y tres escenarios diferentes
Cada comunidad tiene unas normas diferentes a las que debe responder el inquilino. No importa si uno habita por alquiler en el domicilio o si, por el contrario, ha pagado a tocateja el precio de la casa. La ley es la ley. Por norma general, la persona tendr¨¢ derecho de uso sobre los elementos comunes que existen en la finca; siempre y cuando, claro est¨¢, se respeten los horarios y reglas b¨¢sicas que rigen las zonas comunitarias.
Ahora bien, cuando se produce la colisi¨®n estival entre las dos Espa?as y el inquilino decide invitar a un tercero -que no vive en el lugar- la cosa puede cambiar. Para averiguarlo, se deben consultar los Estatutos del r¨¦gimen interno de la Comunidad de Propietarios. El documento, que puede ser facilitado por el propietario de la vivienda, el presidente o el administrador de la finca, resolver¨¢ las dudas para bien o para mal. Habitualmente son tres los escenarios que se dan:
Estas tres l¨ªneas de acci¨®n son las que gu¨ªan las visitas que reciben las piscinas comunitarias espa?olas. Lanzarse de cabeza, engullir una bolsa de patatas en el c¨¦sped o corretear por el borde son otros asuntos que, en caso de no figurar, indicar¨¢ el socorrista que maneje tan refrescante cotarro. Figuran todos en la lista de h¨¢bitos veraniegos que ahora, despu¨¦s de tanta lluvia, ya empiezan a animar unas tardes tan largas como calurosas.