?Pueden pagarse unas vacaciones no disfrutadas y qu¨¦ pasa si el trabajador no las gasta?
Existen varios supuestos por los que un trabajador recibe una compensaci¨®n econ¨®mica por los d¨ªas de descanso no utilizados.
Todo trabajador tiene derecho a disfrutar de unos cuantos d¨ªas de vacaciones al a?o. Aunque el n¨²mero de jornadas de descanso depende de cada trabajo, el Estatuto del Trabajador recoge los l¨ªmites y normas de las vacaciones. Este es el documento por el que se deben guiar los convenios laborales y, por lo tanto, el m¨¢s importante a la hora de negociar nuestras vacaciones.
Seg¨²n ese Estatuto, a cada empleado le corresponden 2,5 d¨ªas naturales de vacaciones por cada mes trabajado, o en otras palabras, 30 d¨ªas naturales. Sin embargo, hay a?os en los que por ciertas cuestiones el trabajador no consigue gastar todos sus d¨ªas de vacaciones. Es entonces cuando nos preguntamos si se pueden sustituir por una compensaci¨®n econ¨®mica.
La web del Ministerio de Trabajo lo deja bien claro: ¡°Las vacaciones no son sustituibles por compensaci¨®n econ¨®mica, salvo en caso de extinci¨®n de contrato de trabajo que imposibilite el disfrute de las mismas¡±. O se gastan las vacaciones, o las pierdes. No te las pueden pagar a no ser que se te acabe el contrato de trabajo.
Otra de las excepciones para cobrar las vacaciones no disfrutadas se produce en el caso de la jubilaci¨®n. Es decir, si el trabajador se retira por una incapacidad sobrevenida y no ha podido disfrutar de las vacaciones, se le pagar¨¢n los d¨ªas no disfrutados. Cuando se jubila sin que haya padecido una incapacidad, no se le pagar¨¢n.
Adem¨¢s, tampoco se pueden acumular para disfrutarlas al a?o siguiente, aunque puede haber cierta flexibilidad en las empresas para gastarlas fuera de su a?o natural. Esto puede aparecer modificado en el convenio colectivo.