SOCIEDAD
?Puede usar un inquilino la piscina de una comunidad de propietarios? Esto dice la Ley en Espa?a
Llega la temporada de verano y con ella la apertura de miles de piscinas comunitarias en Espa?a. Te contamos si un inquilino puede utilizar o si existe alg¨²n tipo de prohibici¨®n en nuestro pa¨ªs.
Llega el verano y con ¨¦l tambi¨¦n la habitual apertura de las piscinas p¨²blicas y privadas. En las comunidades de propietarios, las piscinas han ido abriendo progresivamente a lo largo de los meses de mayo y junio, y permanecer¨¢n abiertas hasta septiembre.
Los vecinos podr¨¢n disfrutar de las mismas, siempre con atenci¨®n a las normativas que correspondan. ?Y qu¨¦ pasa con los inquilinos? Puesto que se trata de una zona com¨²n, el ¨¢mbito de las piscinas comunitarias est¨¢ regulado en la Ley de Propiedad Horizontal (LPH), as¨ª como en las distintas regulaciones auton¨®micas, municipales y tambi¨¦n las de la propia comunidad de vecinos.
Tambi¨¦n entra en juego la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), que da sentido a todo aquello que tenga que ver con propietarios e inquilinos.
?Qu¨¦ dice la LAU con el uso de las piscinas?
El art¨ªculo 2.2 de la LAU especifica que ¡°las normas reguladoras del arrendamiento de vivienda se aplicar¨¢n tambi¨¦n al mobiliario, los trasteros, las plazas de garaje y cualesquiera otras dependencias, espacios arrendados o servicios cedidos como accesorios de la finca por el mismo arrendador¡±.
Es decir, el inquilino tiene el pleno derecho del uso y disfrute de la piscina, siempre y cuando haya sido especificado en el contrato de arrendamiento. En caso contrario, es conveniente preguntar al propietario. Adem¨¢s, el inquilino debe cumplir con las normas de la comunidad de propietarios que regulen el uso de la piscina. Entre ellas, se incluyen normas b¨¢sicas como el horario de apertura, la limpieza, seguridad, respeto a otros usuarios...
?Y qu¨¦ pasa si el propietario no permite su uso?
Esto debe quedar reflejado en el contrato de arrendamiento. Entre los motivos m¨¢s habituales de la prohibici¨®n, podemos encontrar que el propietario quiera disfrutar del uso de la piscina, o bien que los estatutos de la comunidad o la junta de propietarios haya prohibido su acceso a los arrendatarios.