?Puede prohibir la comunidad de vecinos el alquiler vacacional en verano? Esto dice la Ley de Propiedad Horizontal
La Junta de Propietarios puede decidir prohibir el uso de los pisos de la finca como inmuebles de alquiler vacacional, siempre y cuando se cumplan una serie de requisitos. Todos los detalles, a continuaci¨®n.
Llega el calor, las altas temperaturas y la estaci¨®n m¨¢s deseada del a?o para muchas personas. Y, con ellos, los alquileres vacacionales se multiplican en Espa?a. De hecho, el aumento de la demanda en ¨¦poca estival supone una buena fuente de ingresos para muchos propietarios que tienen sus viviendas vac¨ªas.
Desgraciadamente, mientras algunos ¡®est¨¢n encantados¡¯, otros sufren los inconvenientes de este tipo de alquileres: la entrada y salida constante de personas, los aumentos de los precios del alquiler para los inquilinos locales y los ruidos molestos.
?Puede una comunidad prohibir el alquiler vacacional?
Ante este panorama, ciertos individuos se preguntan si una comunidad puede prohibir el alquiler vacacional. Pues bien, el Real Decreto-Ley 7/2019 de 1 de marzo de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler trajo una reforma de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) que regula esta cuesti¨®n en su apartado 17.2:
¡°El acuerdo por el que se limite o condicione el ejercicio de la actividad a que se refiere la letra e) del art¨ªculo 5 de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, en los t¨¦rminos establecidos en la normativa sectorial tur¨ªstica, suponga o no modificaci¨®n del t¨ªtulo constitutivo o de los estatutos, requerir¨¢ el voto favorable de las tres quintas partes del total de los propietarios que, a su vez, representen las tres quintas partes de las cuotas de participaci¨®n. Asimismo, esta misma mayor¨ªa se requerir¨¢ para el acuerdo por el que se establezcan cuotas especiales de gastos o un incremento en la participaci¨®n de los gastos comunes de la vivienda donde se realice dicha actividad, siempre que estas modificaciones no supongan un incremento superior al 20%. Estos acuerdos no tendr¨¢n efectos retroactivos¡±.
En este caso, La Junta de Propietarios puede decidir prohibir el uso de los pisos de la finca como inmuebles de alquiler vacacional, siempre y cuando se cumplan una serie de requisitos.
Requisitos
Estas son las condiciones que se deben cumplir:
?Y si alg¨²n vecino se salta la prohibici¨®n?
Seg¨²n detalla el art¨ªculo 7.2 de la Ley de Propiedad Horizontal, la comunidad puede solicitar el cese del alquiler vacacional. Si el arrendador persiste en su actitud, el presidente de la comunidad podr¨¢ requerir a un juez que imponga el cese de la actividad.
Este podr¨¢ acordarlo y, en su caso, obligar a indemnizar por da?os y prejuicios a los vecinos afectados.
?Y qu¨¦ pasa con las zonas comunes?
En este sentido, la LPH no establece la prohibici¨®n del uso de la piscina a los inquilinos de un apartamento o piso tur¨ªstico. No obstante, siempre y cuando dicho alquiler est¨¦ permitido por la comunidad de propietarios, los inquilinos poseen los mismos derechos para el uso y disfrute de las zonas comunes.