Pone el n¨²mero de cuenta mal, pierde 130.000 euros y la justicia libera al banco de devolver el importe
El receptor del dinero que fue enviado por equivocaci¨®n, hizo uso del dinero momentos despu¨¦s de recibirlo.

Una empresa ha perdido la cantidad de 130.000 euros despu¨¦s de confundir el destinatario al que iba dirigido ese dinero, es decir ahora ese dinero se encuentra en manos ajenas. La operaci¨®n era sencilla, una simple transferencia bancaria a la cuenta de otra empresa, sin embargo, cuando se quisieron dar cuenta, observaron c¨®mo no hab¨ªa llegado ning¨²n dinero al receptor acordado, por lo que el caso se ha llevado a disposici¨®n del Tribunal Supremo.
Los hechos ocurrieron el 30 de octubre de 2017, la empresa emisora Alvisa Prescast Factory, S.L, orden¨® a la oficina de Bankinter S.A., en la que ten¨ªa una cuenta bancaria, transferir 130.000 euros a otra cuenta que la misma empresa ten¨ªa tambi¨¦n a su nombre en Caixabank. El error llev¨® a que el dinero cayera en manos de otra empresa, Lleida Elevaci¨®n, S.L., compa?¨ªa con la que hab¨ªan tenido acuerdos comerciales previos.
El dinero fue transferido a una cuenta de banco equivocada
Seg¨²n se explica en la sentencia, la empresa que envi¨® el dinero se puso en contacto con la empresa receptora el mismo d¨ªa, a trav¨¦s de un correo electr¨®nico dirigido a la directora de la cuenta de la empresa Bankinter, d¨®nde se solicit¨® la devoluci¨®n del importe enviado por error. Sin embargo, ya era demasiado tarde, ya que al poco tiempo de recibir el ingreso, la empresa receptora realiz¨® una suma de 13 pagos diferentes con un importe total de 95.345 euros. Con estos hechos, la empresa emisora del dinero, demand¨® a la empresa receptora por apropiaci¨®n indebida y solicit¨® al banco Sabadell una indemnizaci¨®n de 130.000 euros por los da?os y perjuicios ocasionados.
Petici¨®n desestimada
El Juzgado de Primera Instancia e Instrucci¨®n n? 21 de Zaragoza y la Audiencia Provincial desestimaron las peticiones de la empresa emisora. Ambos tribunales coincidieron en que el banco Sabadell no ten¨ªa ninguna responsabilidad antes los hechos causados, ya que se utiliz¨® el identificador (IBAN) para realizar la transferencia.
Ante la negativa de realizar la indemnizaci¨®n, la empresa present¨® de nuevo un recurso ante el Tribunal, que sentenci¨®: ¡°Las entidades bancarias deben procesar las transferencias bas¨¢ndose ¨²nicamente en el identificador ¨²nico facilitado por el ordenante y que no existe una obligaci¨®n legal de comprobar la coincidencia del nombre del beneficiario con el titular de la cuenta¡±. Por tanto, la resoluci¨®n concluy¨® con la culpabilidad de la empresa emisora como causante del error, sin derecho a recibir una indemnizaci¨®n.
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