Petici¨®n de Europa a Espa?a sobre los trabajadores indefinidos de larga duraci¨®n
El TJUE ha fallado respecto a la pol¨¦mica legal en Espa?a sobre empleados p¨²blicos que encadenan contratos y si pueden o no convertirse en fijos.
Una problem¨¢tica que existe en Espa?a desde hace mucho tiempo est¨¢ relacionada con empleados p¨²blicos que encadenan m¨²ltiples contratos temporales, a veces durante a?os. El Tribunal de Justicia de la Uni¨®n Europea (TJUE) ha tomado parte en esta pol¨¦mica, sobre la que hay muchas demandas en los juzgados, interpuestas por empleados p¨²blicos que se consideradan explotados o abusados, pues cumplen un contrato temporal tras otro sin convertirse en fijos.
La justicia comunitaria ha respondido a dos cuestiones prejudiciales presentadas por el Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a, fallo que era muy esperado por estos empleados p¨²blicos. El TJUE ha seguido la misma idea que ha ido estableciendo ¨²ltimamente, que ha sido recomendar a Espa?a que haga a estos empleados indefinidos (que en principio no es lo mismo que fijo) con el objetivo de cubrir necesidades estructurales de las Administraciones.
El TJUE afirma que ¡°seg¨²n su jurisprudencia, ni la convocatoria de procesos selectivos ni la compensaci¨®n resultan adecuadas para prevenir o sancionar los abusos, pues son independientes de cualquier consideraci¨®n relativa al car¨¢cter abusivo de la utilizaci¨®n de contratos o relaciones laborales de duraci¨®n determinada¡±. De esta forma, el TJUE insiste en que ni la jurisprudencia del Tribunal Supremo, que viene considerando ¡°indefinido no fijo¡± a estos trabajadores, ni los procesos de estabilizaci¨®n de la Ley 20/2021 ¡°cumplen con los requisitos de la Directiva europea en materia de empleo estable en las administraciones¡±, aunque han recordado que es tarea de los juzgados espa?oles interpretar el derecho nacional, es decir, que solo est¨¢n recomendando, no obligando.
El Tribunal de Luxemburgo, aparte de esta llamada de atenci¨®n a la justicia espa?ola, ha sugerido su aval a la interpretaci¨®n del Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a en las cuestiones prejudiciales presentadas, ya que afirma que ¡°constituir¨ªa una medida sancionadora conforme con el Acuerdo Marco (europeo) convertir los sucesivos contratos o relaciones de empleo de duraci¨®n determinada objeto de los litigios en una relaci¨®n de empleo por tiempo indefinido en virtud de la cual las trabajadoras estuvieran sujetas a las mismas causas de cese y de despido que aquellas que rigen para los funcionarios de carrera sin, no obstante, adquirir la condici¨®n de funcionario de carrera. Seg¨²n dicho juzgado (el TSJ catal¨¢n), esta medida sancionadora no implicar¨ªa una interpretaci¨®n del Derecho nacional contraria a la Ley¡±.
Fabi¨¢n Valero, que forma parte de Zeres Abogados, uno de los despachos que lleva a un gran n¨²mero de estos empleados fijos que reclaman ser fijos, explica que el fallo europeo les estar¨ªa dando la raz¨®n, ya que considera que indefinido es sin¨®nimo de fijo, y que, por tanto, aun no siendo considerados funcionarios, s¨ª que tendr¨¢n las mismas condiciones en caso de cese. Estas condiciones se resumen en que solo se les podr¨ªa cesar por motivos disciplinarios ¡°como en el caso de los indefinidos no fijos, que viene declarando el Tribunal Supremo¡±, afirma Valero.
Desde otro despacho, en este caso Ara¨²z y Belda, el abogado Javier Arauz, tambi¨¦n especializado en estos casos y defensor de muchos demandantes, explica que el fallo europeo les da la raz¨®n en que ¡°ante la inexistencia de medidas sancionadoras para garantizar el cumplimiento de la Directiva 1999/70 en Espa?a, solo cabe la transformaci¨®n en fijo del personal temporal v¨ªctima de un abuso¡°.
El Tribunal Supremo se niega a considerar hacer fijos a estos empleados, pues argumentan que esto ser¨ªa contrario a las normas nacionales. Al respecto, Arauz afirma que si esto fuera cierto, ¡°en base al principio de interpretaci¨®n conforme, el TJUE apunta como soluci¨®n sujetar al personal temporal v¨ªctima de un abuso a las mismas causas de cese y despido que las que rigen para los funcionarios de carrera, aunque sin adquirir esta condici¨®n de funcionario de carrera¡±.
En resumen, que el Tribunal de Luxemburgo establece que la normativa europea ¡°se opone a una jurisprudencia y a una normativa nacionales (espa?olas) que contemplan como medidas para sancionar el abuso de la temporalidad ¡°el mantenimiento del empleado p¨²blico afectado hasta la convocatoria y resoluci¨®n de procesos selectivos por la Administraci¨®n empleadora y la convocatoria de dichos procesos y el abono de una compensaci¨®n econ¨®mica con un doble l¨ªmite m¨¢ximo en favor ¨²nicamente del empleado p¨²blico que no supere dichos procesos, cuando esas medidas no sean proporcionadas ni suficientemente efectivas y disuasorias para garantizar la plena eficacia de las normas europeas¡±.
Valero opina que, por tanto, aquellos empleados p¨²blicos que hayan sufrido abusos tendr¨¢n m¨¢s motivos para pedir indemnizaciones por da?os m¨¢s all¨¢ del cese en s¨ª incluso sin haber sido cesados, ya que ¡°lo que dice de las indemnizaciones doblemente tasadas a efectos de la directiva comunitaria debe entenderse en un contexto general, ya que lo que est¨¢ diciendo es que dicha compensaci¨®n econ¨®mica, precisamente por estar tasada de esa forma, solo repara el da?o del cese, pero no todo el tiempo que la persona ha estado contratada de manera temporal de forma abusiva¡±.
Antecedentes de la pol¨¦mica
Como se ha mencionado anteriormente, este caso lleva generando problemas desde hache mucho tiempo. Es por eso que esta sentencia es tan relevante, puesto que responde a preguntas muy espec¨ªficas.
La justicia europea reclam¨® en su momento, en una sentencia del 22 de febrero de este a?o, que la justicia espa?ola convirtiese en indefinidos a tres empleados, ya que no les parec¨ªa suficiente que el Supremo les hubiera catalogado como indefinidos no fijos.
Esta nueva sentencia tambi¨¦n responde al Tribunal Supremo, que, en una respectiva sentencia a finales de mayo, rechazaba que los empleados p¨²blicos en abuso de temporalidad se convirtieran autom¨¢ticamente en fijos.
Tras conocerse estos pronunciamientos, el Pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo present¨® el 30 de mayo una cuesti¨®n prejudicial ante el Tribunal Superior de la Uni¨®n Europea (TJUE) con el objetivo de descubrir si la jurisprudencia espa?ola es conforme al Derecho de la Uni¨®n Europea, debido a que niega el reconocimiento de la de estos empleados como trabajadores fijos del sector p¨²blico a quienes no han superado un proceso de selecci¨®n. Incluso, el Supremo cre¨® la categor¨ªa de ¡°indefinido no fijo¡± para calificar a esos empleados que han encadenado de forma abusiva contratos temporales.
En medio de toda esta lucha, los tribunales han resuelto estos meses algunos de los mencionados casos, sin demasiada coherencia. La mayor¨ªa de las sentencias, desde el fallo de febrero, han preferido declarar la fijeza de los empleados p¨²blicos en abuso de temporalidad o en todo caso, elevar sus indemnizaciones. Pero tambi¨¦n ha habido casos en los que esto no ha sido as¨ª, por lo que debemos esperar futuras unificaciones de la doctrina.
?Qu¨¦ ha dicho el Gobierno?
Jos¨¦ Luis Escriv¨¢, ministro para la Transformaci¨®n Digital y de la Funci¨®n P¨²blica, en representaci¨®n del Gobierno, ha declarado este jueves 13 de junio que est¨¢n pendientes del fallo del TJUE respecto a la sentencia prejudicial que ha presentado el Supremo, y que espera que en alg¨²n momento se unifiquen las doctrinas. Ha mencionado que, hasta que esto no ocurra, no podr¨¢n saber si deben cambiar la ley o no o ¡°en qu¨¦ medida nuestro marco de referencia tiene que adaptarse¡±.
El ministro ha querido solidarizarse, o por lo menos empatizar p¨²blicamente, con estos empleados, afirmando que estas sentencias tratan ¡°sobre casos individuales que tienen que ver con situaciones muy tristes, algunas extremas, que se han desarrollado en la mayor¨ªa de los casos hace muchos a?os y que han generado situaciones de temporalidad absolutamente intolerables (...) y deben existir compensaciones y mecanismos para que no se vuelvan a reproducir¡±.
Por ¨²ltimo, ha querido destacar dos medidas que ha llevado a cabo el Gobierno del que forma parte para enfrentar esta situaci¨®n. Primero, ha mencionado los 350.000 empleados que ya son fijos gracias a sus procesos de estabilizaci¨®n, y segundo, la futura eliminaci¨®n de la tasa de reposici¨®n en las ofertas de empleo p¨²blico, que se har¨¢ efectiva a partir del pr¨®ximo a?o.
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