Nuevas excepciones para circular por Madrid en 2025: los veh¨ªculos que s¨ª podr¨¢n acceder con etiqueta A de la DGT
A partir del 1 de enero entrar¨¢n en vigor todas las restricciones a la circulaci¨®n que a¨²n no se aplicaban a los veh¨ªculos con clasificaci¨®n ambiental A.
El a?o 2025 llegar¨¢ con varias novedades en la normativa de circulaci¨®n de Madrid. Borja Carabante, responsable de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, ha anunciado las modificaciones en la normativa que entrar¨¢n en vigor el 1 de enero.
Uno de los puntos m¨¢s destacados son las excepciones para circular por Madrid en 2025. Por norma general no se permitir¨¢ la circulaci¨®n a veh¨ªculos con clasificaci¨®n ambiental A, motocicletas y veh¨ªculos de mercanc¨ªas A. Sin embargo, Carabante ha detallado que se van a establecer autorizaciones de acceso para algunos propietarios de veh¨ªculos A (es decir, sin etiqueta) a partir del 1 de enero.
Empadronados en Madrid
Los coches sin etiqueta ambiental de la DGT que est¨¦n dados de alta en el Impuesto de Veh¨ªculos de Tracci¨®n Mec¨¢nica (IVTM). Entran en este grupo los gasolina matriculados antes del 2001 y los coches con motor di¨¦sel matriculados antes de 2006. En 2025 podr¨¢n circular, pero les llegar¨¢ una carta de aviso de car¨¢cter informativo.
Aut¨®nomos y transportes hospitalarios
El Ayuntamiento de Madrid autorizar¨¢ a aut¨®nomos de 59 a?os (cumplidos en 2025) para los que, al menos, el 50 % de su flota sea veh¨ªculos Adem¨¢s de 3,5 toneladas. Tambi¨¦n habr¨¢ excepciones para los conductores que necesiten utilizar sus veh¨ªculos para transportes hospitalarios o que requieran acudir a un centro m¨¦dico para recibir tratamientos sanitarios.
M¨¢s autorizados
Tambi¨¦n se autorizar¨¢ el acceso temporal a los veh¨ªculos A que hayan solicitado un distintivo medioambiental, pero que, debido a problemas de fabricaci¨®n, a¨²n no lo hayan obtenido. Del mismo modo, podr¨¢n circular por Madrid ZBE aquellos que tengan justificaci¨®n derivada de razones de inter¨¦s general, ya sea por motivos de seguridad, seguridad p¨²blica, salud p¨²blica, protecci¨®n civil, as¨ª como para satisfacer una necesidad privada de car¨¢cter urgente. Por ¨²ltimo tambi¨¦n quedan exentos de cumplir la normativa los veh¨ªculos encargados de transportar personas con movilidad reducida y veh¨ªculos hist¨®ricos.
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