?Me pueden multar por poner una placa de alarma en casa sin tener el servicio contratado?
En caso de ser denunciado por la Agencia de Protecci¨®n de Datos, dicha persona ser¨ªa juzgada por un delito contra la propiedad intelectual e industrial. Las multas pueden ser de 600 euros diarios hasta la desinstalaci¨®n del cartel.


Actualmente, millones de familias de todo el mundo tienen contratado el servicio de alarmas para proteger su casa de la posible entrada de ladrones y delincuentes. A la hora de instalar este tipo de aparatos, las empresas de seguridad siempre colocan una pegatina o cartel en el exterior de la vivienda, ya sea en una pared o en la puerta, que certifica la instalaci¨®n del sistema y avisa que dicho domicilio est¨¢ protegido en caso de allanamiento.
Ahora bien, hay muchas personas que en vez de contratar el servicio de una empresa de seguridad e instalar una alarma, deciden adquirir una pegatina falsa o continuar utilizando la pegatina despu¨¦s de dejar de usar dicho instrumento disuasorio. Pese a que es un buen m¨¦todo para ahuyentar a los ladrones y ahorrar algo de dinero, hacer esto puede tener ciertas consecuencias.
El uso de una pegatina o se?al que corresponda a una empresa de seguridad de verdad, sin tener en realidad sus servicios contratados, puede acarrear sanciones, ya que se est¨¢ usando de forma ilegal una marca registrada, y por ende se vulnera su propiedad intelectual. Adem¨¢s, si se emplea una de las placas de videovigilancia y se ponen datos propios en vez de los de la empresa, la Agencia de Protecci¨®n de Datos puede llegar a denunciarte.
Sanciones
Seg¨²n establece la Ley 17/2001, del 7 de diciembre, de Marcas en el C¨®digo Penal, si se realiza alguna de las acciones nombradas anteriormente, dicha persona se est¨¢ exponiendo a la sanci¨®n m¨¢s grave en estos casos, un delito contra la propiedad intelectual e industrial. Incurrir este delito puede suponer el cumplimiento de una sentencia de 6 a 3 meses de prisi¨®n, adem¨¢s de multas de 1 a 2 a?os por acciones il¨ªcitas al por menor.
En el apartado econ¨®mico, la empresa afectada puede solicitar una indemnizaci¨®n por da?os y perjuicios ocasionados, y el autor de los hechos podr¨ªa asumir el pago de multas de 600 euros por cada d¨ªa transcurrido, hasta que finalmente se deje de usar la marca registrada.
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