?Me pueden multar por comer o beber en el coche mientras conduzco? Esto dice el Reglamento de la DGT
La multa podr¨ªa oscilar entre 80 y 200 euros, siendo la cuant¨ªa esta ¨²ltima si el agente entiende que se ha conducido de forma negligente.
La conducci¨®n precisa de todos los sentidos. Y, para ello, hay que estar en plenas facultades, especialmente durante el periodo estival, periodo del a?o en el que hay un mayor desplazamiento por las carreteras espa?olas.
Dos acciones que, pese a no estar prohibidas por ley, pero s¨ª pueden ser sancionadas, son las de comer y beber al volante. En el art¨ªculo 18 de la Ley de Tr¨¢fico y Seguridad Vial se recoge lo siguiente: ¡°El conductor de un veh¨ªculo est¨¢ obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visi¨®n y la atenci¨®n permanente a la conducci¨®n, que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del veh¨ªculo y la de los dem¨¢s usuarios de la v¨ªa¡±.
¡°No llevar las manos al volante puede ser motivo de infracci¨®n leve¡±
Si el conductor es sorprendido comiendo o bebiendo por un agente de la Guardia Civil, podr¨ªan enfrentarse a una sanci¨®n. Seg¨²n establece el art¨ªculo 13.2 de la misma ley, ¡°un conductor deber¨¢ estar en todo momento en condiciones de controlar su veh¨ªculo¡±. Son dos acciones que pueden dificultar de forma considerable la conducci¨®n.
En segundo lugar, al amparo de esta norma, la Direcci¨®n General de Tr¨¢fico (DGT) hace especial ¨¦nfasis en que ¡°no llevar las manos al volante puede ser motivo de infracci¨®n leve¡±. Por tanto, soltar las manos del volante para agarrar una botella de agua o cualquier pieza de comida es simple y llanamente imposible. Por tanto, el conductor incurrir¨ªa en una infracci¨®n.
Cuant¨ªa de hasta 200 euros
Si esto ocurre, el conductor podr¨ªa enfrentarse a una multa de 80 euros si el agente considera que la infracci¨®n es leve. Es decir, ser¨ªa multado si se considera que el conductor que realiza esa maniobra ¡°afecta a la libertad de movimientos, el campo de visi¨®n o la atenci¨®n permanente a la conducci¨®n¡±. Si se observa una conducta negligente por parte del conductor, creando una situaci¨®n de riesgo, la cuant¨ªa podr¨ªa ascender hasta los 200 euros.
El car¨¢cter difuso viene de la propia DGT, que en m¨¢s de una ocasi¨®n ha asegurado que ¡°no est¨¢ prohibido comer o beber¡± al volante. Adem¨¢s, si se analiza el reglamento en profundidad, no se encuentra en ning¨²n lado una prohibici¨®n al respecto o una restricci¨®n espec¨ªfica. Sin embargo, y aunque esto pueda liar al conductor y hacerle pensar que circula en el margen de la alegalidad, en realidad s¨ª estar¨ªa cometiendo una infracci¨®n que, de existir, depender¨ªa del juicio del agente de tr¨¢fico.