Los veh¨ªculos que podr¨ªan circular por el arc¨¦n en Espa?a a partir de 2025: estos son los cambios que prev¨¦ la DGT
A partir de 2025 las motocicletas podr¨¢n utilizar el arc¨¦n derecho siempre y cuando no superen los 30 km/h y respeten la prioridad de veh¨ªculos. Tambi¨¦n podr¨¢n usarlo los servicios de emergencia como gr¨²as y ambulancias.
Actualmente que una moto circule por el arc¨¦n es motivo de multa y puede sancionarse con hasta 200 euros. Sin embargo, la DGT anunci¨® en su resvistade anunciar que pronto cambiar¨¢ la normativa, permitiendo esta acci¨®n a los conductores sin ning¨²n riesgo de sanci¨®n.
Ver a motoristas adelantar entre carriles e incluso por el arc¨¦n es algo habitual, aunque no significa que sea legal. Tras a?os de reivindicaciones y de protestas por parte de los conductores de motocicletas, la Direcci¨®n General de Tr¨¢fico parece que por fin se permitir¨¢ la circulaci¨®n de dichos usuarios por los arcenes, aunque solo bajo determinadas circunstancias. Cabe recordar que este colectivo es uno de los m¨¢s afectados en el ¨¢mbito de fallecidos en la carretera durante el a?o pasado. Seg¨²n cifras de la DGT, 229 conductores fallecieron a bordo de estos veh¨ªculos en las v¨ªas y carreteras en 2023.
Tambi¨¦n gr¨²as y ambulancias
La previsi¨®n es que esta nueva normativa del Reglamento General de Circulaci¨®n comience a estar en vigor a partir de 2025 bajo un nuevo Real Decreto. Algunas de los cambios que se aprobar¨¢n a trav¨¦s de la DGT son la autorizaci¨®n del uso de arcenes para servicios de urgencia, como ambulancias y gr¨²as, la prohibici¨®n de circular por el carril izquierdo de las autopistas y autov¨ªas nevadas o en condiciones climatol¨®gicas adversas (con el objetivo de dejar paso a quitanieves y veh¨ªculos de emergencias), e incluso una nueva regulaci¨®n que legisle el modo de actuar ante accid¨¦ntese atascos o retenciones, desplaz¨¢ndose los veh¨ªculos del carril izquierdo a la izquierda, los del carril derecho m¨¢s a la derecha, y dejando as¨ª un pasillo central de acceso para el paso de veh¨ªculos de emergencias.
Los motoristas podr¨¢n conducir por el arc¨¦n derecho siempre bajo ciertas condiciones
Adem¨¢s de todas estas modificaciones, se permitir¨¢ a los motociclistas utilizar el arc¨¦n de la derecha en todo tipo de v¨ªas en caso de que se produzca alg¨²n atasco o retenci¨®n.
Eso s¨ª, solo se permitir¨¢ esta acci¨®n bajo algunas condiciones: siempre que no superen los 30 km/h de velocidad m¨¢xima y que se respete la prioridad al resto de veh¨ªculos obligados por ley a circular por el arc¨¦n, como los veh¨ªculos agrarios o las bicicletas.
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