Los espa?oles que tendr¨¢n que pagar una cuota adicional en sus n¨®minas a partir del 1 de enero de 2025
Se trata de la ¡®cuota de solidaridad¡¯, un recargo que asumir¨¢n los trabajadores con salarios superiores por encima de los 56.600 euros anuales.
A partir del 1 de enero de 2025, los trabajadores espa?oles con salarios elevados tendr¨¢n que enfrentar un nuevo recargo en sus n¨®minas, llamada la ¡®cuota de solidaridad¡¯. Esta medida, aprobada recientemente por el Gobierno, afectar¨¢ a aquellos empleados cuyos ingresos superen la base m¨¢xima de cotizaci¨®n, actualmente fijada en 56.646 euros anuales (4.720,5 euros mensuales) y tiene como objetivo principal aumentar la recaudaci¨®n destinada al pago de las pensiones p¨²blicas.
La cuota de solidaridad se aplicar¨¢ de manera progresiva sobre los ingresos que excedan la base m¨¢xima de cotizaci¨®n, un l¨ªmite que, hasta ahora, estaba exento de cotizar a la Seguridad Social. Esta nueva medida introducir¨¢ un gravamen del 5,5% sobre el salario que supere la base m¨¢xima de cotizaci¨®n hasta un 10% m¨¢s de esta cantidad. Para los ingresos que excedan entre un 10% y un 50% adicional sobre esa base, la tasa ser¨¢ del 6%, y para los salarios que superen ese ¨²ltimo tramo, la cotizaci¨®n ascender¨¢ al 7%. Este incremento progresivo se aplicar¨¢ anualmente hasta 2045, cuando se alcancen los porcentajes definitivos.
?Qu¨¦ trabajadores se ver¨¢n afectados por la cuota de solidaridad?
Se espera que esta cuota afecte especialmente a quienes perciban salarios brutos entre 70.000 y 100.000 euros anuales, que deber¨¢n contribuir con hasta 7.500 euros adicionales a la Seguridad Social cada a?o. En el caso de quienes ganen alrededor de 100.000 euros, el incremento en las cotizaciones podr¨ªa alcanzar los 9.700 euros anuales.
Por tanto, esta cuota tendr¨¢ un impacto significativo en los salarios netos de los trabajadores con ingresos altos y se dirigir¨¢ espec¨ªficamente a:
Adem¨¢s, cabe destacar que este nuevo recargo no contribuir¨¢ directamente a mejorar la pensi¨®n futura de los cotizantes, sino que su objetivo es puramente redistributivo. Su funci¨®n principal es suavizar el impacto financiero que tendr¨¢ la jubilaci¨®n masiva de la generaci¨®n del ¡®baby boom¡¯.
?C¨®mo se distribuir¨¢ la cuota entre trabajador y empresa?
Este recargo no solo afectar¨¢ a los empleados, sino tambi¨¦n a las empresas, que deber¨¢n asumir una parte de esta nueva cotizaci¨®n, seg¨²n la proporci¨®n ya establecida para las cotizaciones por contingencias comunes. Actualmente, el total de la cotizaci¨®n por contingencias comunes es del 28,3% del salario del trabajador, de los cuales la empresa aporta el 23,6% y el trabajador el 4,7%.
En t¨¦rminos porcentuales, la empresa paga aproximadamente el 83,39% (23,6% de 28,3%) y el trabajador paga el 16,61% restante (4,7% de 28,3%). Por ello, las empresas deber¨¢n planificar un aumento en sus costes laborales, especialmente en los sectores donde los sueldos altos son m¨¢s comunes.
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