Los cinco tipos de arraigo de la nueva Ley de Extranjer¨ªa: as¨ª puedes conseguir la residencia y la nacionalidad espa?ola
Con la reforma de la legislaci¨®n se reduce de tres a dos a?os el tiempo de permanencia para regularizar la situaci¨®n y se modifican los tipos de arrraigo.
El pasado 19 de noviembre de 2024 entr¨® en vigor la reforma de la Ley de Extranjer¨ªa impulsada por el Ministerio de Inclusi¨®n, Seguridad Social y Migraciones. El objetivo es simplificar los requisitos para obtener permisos de trabajo y residencia en Espa?a, y podr¨ªan beneficiarse unos 300.000 inmigrantes que est¨¢n en situaci¨®n irregular en territorio espa?ol.
Un punto clave de la reforma est¨¢ relacionado con las modalidades de arraigo. Tal y como explica La Moncloa, ¡°la principal novedad consiste en que se homogeneizan y se reduce de 3 a 2 a?os el tiempo de permanencia en Espa?a para acceder al arraigo¡±. Pero es que, adem¨¢s, el arraigo laboral y de formaci¨®n se han actualizado, el familiar se ha modificado, y se ha creado un nuevo tipo.
Las cinco modalidades de arraigo
A partir de este mes de noviembre de 2024, la Ley de Extranjer¨ªa recoge cinco tipos de arraigo. Elma Saiz, ministra de Inclusi¨®n, Seguridad Social y Migraciones explic¨® que ¡°somos el ¨²nico pa¨ªs de la Uni¨®n Europea que dispone de una figura espec¨ªfica para regularizar a las personas d¨ªa a d¨ªa a trav¨¦s del arraigo¡±. ¡°Con cinco modalidades: el social, sociolaboral, familiar, socioformativo y de segunda oportunidad, que es una de las novedades m¨¢s importantes de este nuevo Reglamento¡± concluy¨® la ministra.
Arraigo social
La principal novedad es que a partir de ahora ya no se exigen tres a?os de residencia en Espa?a para regularizar la situaci¨®n: con dos ser¨¢ suficiente para todas las modalidades de arraigo. De esta forma se facilita que muchas personas en situaci¨®n irregular puedan iniciar su proceso de regularizaci¨®n sin tener que esperar m¨¢s tiempo en la clandestinidad.
Arraigo sociolaboral
Viene a sustituir el que hasta ahora era el arraigo laboral, y es una especie de fusi¨®n entre este ¨²ltimo y el social. Esta modalidad permite el arraigo a personas con dos a?os de residencia en Espa?a y que tengan un contrato de trabajo de 20 horas (antes eran 30 horas) semanales. De esta forma se beneficia a quienes trabajan a tiempo parcial o de manera intermitente.
Arraigo socioformativo
El que antes se denominaba arraigo para la formaci¨®n, ahora ser¨¢ socioformativo. Adem¨¢s de cambiar el nombre, se incluyen algunas reformas: se mantienen los dos a?os de residencia y la obligaci¨®n de seguir programas de formaci¨®n laboral en sectores con alta demanda, pero con la nueva reforma aquellos que lo obtengan podr¨¢n trabajar mientras reciban la formaci¨®n desde el primer momento.
Arraigo de Segunda Oportunidad
El arraigo de Segunda Oportunidad es una modalidad creada para regularizar la situaci¨®n de quienes hayan perdido su autorizaci¨®n de residencia en los ¨²ltimos dos a?os por motivos no relacionados con el orden p¨²blico, la seguridad o la salud. Este mecanismo pretende atender situaciones de irregularidad administrativa reciente, como aquellos casos en los que no se pudo renovar el permiso por desconocimiento o por encontrarse fuera de Espa?a.
Arraigo familiar
Otra de las principales novedades es la modificaci¨®n del arraigo familiar. Podr¨¢n regularizar su situaci¨®n aquellos que sean padre, madre o tutor legal de un menor. Tambi¨¦n incluye a quienes presten servicios a personas con discapacidad con nacionalidad en otros estados de la Uni¨®n Europea.
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