Le pillan mirando datos bancarios de los clientes de Sabadell tras 20 a?os trabajando y le sale caro: declaran despido procedente
En la empresa desde el a?o 2000, el empleado realiz¨® consultas de ficheros de morosidad sin autorizaci¨®n y retrocesiones de comisiones en favor de un amigo por valor de m¨¢s de 100 euros.
El Tribunal Supremo ha declarado procedente el despido de un trabajador del Banco Sabadell que realiz¨® consultas sin autorizaci¨®n de ficheros de morosidad de varios clientes. Director de pyme en una de las oficinas de la entidad, el empleado tambi¨¦n realiz¨® retrocesiones de comisiones en favor de un amigo suyo, que ni siquiera figuraba como cliente de la oficina.
Los hechos ocurrieron en agosto de 2020. El trabajador, empleado desde el a?o 2000 por la entidad, recibi¨® su despido disciplinario por infracciones muy graves dentro de su puesto de trabajo, recogido en el art¨ªculo 69.1 del convenio colectivo.
De acuerdo con el banco Sabadell, el empleado hab¨ªa realizado diversas consultas de ficheros de morosidad sin causa justificada, afectando a cuatro personas f¨ªsicas y una jur¨ªdica. Una infracci¨®n agravada tras la queja de una de las personas consultadas, que exigi¨® una compensaci¨®n por el da?o ocasionado.
A su vez, el trabajador hizo sin autorizaci¨®n distintas retrocesiones de comisiones en favor de un amigo suyo que no era siquiera cliente de la oficina en la que trabajaba, por valor de 133,80 euros.
Al ser preguntado, aleg¨® que las consultas de ficheros de morosidad hab¨ªan sido realizadas con fines comerciales, y aseguro que la retrocesi¨®n de comisiones fue realizada por mandato de su amigo, que se encontraba en una situaci¨®n financiera cr¨ªtica.
Sin embargo, Sabadell consider¨® los hechos como graves y constitutivos de transgresi¨®n del contrato, abuso de confianza y fraude en las gestiones encomendadas, por lo que decidi¨® presentar el despido disciplinario al actor de los hechos.
Resoluci¨®n judicial
Tras serle comunicado el despido, el trabajador present¨® una denuncia contra la entidad, pero fue desestimada por el Juzgado de los Social n¨²mero 1, que reconoci¨® la procedencia del despido.
Tras elevarlo al Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a, el tribunal declar¨® que el despido era improcedente al no considerar que existi¨® un fraude deliberado en las acciones del trabajador, y oblig¨® al Sabadell a readmitir al despedido o, en su defecto, indemnizarle.
Una disputa jur¨ªdica resuelta por el Tribunal Supremo de Justicia, que ha dado la raz¨®n al Sabadell. De acuerdo con el fallo, las acciones del empleado s¨ª representan una clara violaci¨®n de la confianza y la buena fe de la empresa, y pueden ser consideradas como muy graves, por lo que el despido es procedente.
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