Las multas de la DGT que no tienen descuento
Infracciones como da?ar los elementos de la v¨ªa p¨²blica o llevar inhibidores de radares en el veh¨ªculo, no admiten reducci¨®n en la cuant¨ªa de la multa.
Seg¨²n dicta la Ley de Tr¨¢fico y Seguridad Vial, existen una serie de sanciones econ¨®micas que pueden verse reducidas al 50% de su importe si se abonan en un plazo de 20 d¨ªas tras la notificaci¨®n. Pero hay otras infracciones en las que la multa no ver¨¢ reducido su importe y tendr¨¢n que ser abonadas en su totalidad. La DGT las califica como ¡°graves¡± o ¡°muy graves¡± y tambi¨¦n pueden conllevar la p¨¦rdida de puntos del carn¨¦ para quien las cometa.
La comunicaci¨®n de la multa te puede llegar por dos v¨ªas, una es a trav¨¦s de carta certificada a trav¨¦s de correo postal y, en el caso de que el infractor est¨¦ dado de alta en el buz¨®n electr¨®nico de la DGT le podr¨¢ ser comunicada a trav¨¦s de la Direcci¨®n Electr¨®nica Vial (DEV).
Multas que no admiten descuento
En ocasiones, por la gravedad de algunas infracciones, el descuento por pago anticipado no podr¨¢ ser aplicado y tendr¨¢ que abonarse la multa en su totalidad.
Est¨¢ prohibido llevar en el coche sistemas de inhibidores de radar, que bloquean el funcionamiento de este a tu paso por el mismo. Para quienes lleven estos aparatos en el coche, la multa alcanza los 6.000 euros y podr¨ªan perder 6 puntos del carn¨¦. Sin embargo, quienes se dedican a instalar este tipo de medios, se enfrentar¨ªan a una multa mayor, de entre 6.000 y 20.000 euros.
Con 6.000 euros y seis puntos del carn¨¦ est¨¢ castigado tambi¨¦n el hecho de ocultar la matr¨ªcula del veh¨ªculo. Adem¨¢s, hacer cualquier tipo de modificaci¨®n en ellas est¨¢ considerado como una infracci¨®n muy grave.
Seg¨²n lo establecido en el art¨ªculo 77 y 80 de la Ley de Seguridad Vial, causar alg¨²n tipo de da?o en los elementos de la v¨ªa p¨²blica, como por ejemplo las se?ales, se considera infracci¨®n grave y est¨¢ castigado con una multa que puede llegar a 3.000 euros.