La fecha en la que debes pedir el permiso parental de 8 semanas en Espa?a
El abogado laboralista Juan Manuel Lorente aconsej¨® en TikTok esperar hasta agosto para solicitarlo, dado que, a partir de ese mes, ser¨¢n remunerados.
El pasado 28 de febrero, el Gobierno aprob¨® el proyecto de Ley de Familias, cuyos objetivos son reconocer las diferentes situaciones familiares que existen en Espa?a, mejorar la protecci¨®n social de las familias y garantizar el derecho a conciliar la vida familiar con la laboral, seg¨²n Pablo Bustinduy.
Una ley que incorpora nuevos permisos y prestaciones para cuidados de los menores de ocho a?os. Entre ellos, cabe destacar el permiso parental. La fecha l¨ªmite para que entre en vigor este permiso remunerado es el pr¨®ximo viernes 2 de agosto, seg¨²n lo establecido en la Directiva europea 2019/1158 del 20 de junio, del Parlamento Europeo y del Consejo.
Precisamente es el pr¨®ximo mes cuando los expertos recomiendan solicitar dicho permiso, como es el caso del abogado laboralista Juan Manuel Lorente. A trav¨¦s de un v¨ªdeo de TikTok, explic¨® que dentro de esa ley, se introdujo una modificaci¨®n de este permiso. ¡°Cuatro semanas de las ocho que tienes de permiso por tener un hijo menor de ocho a?os van a ser retribuidas¡±.
Agosto, fecha clave
Antes de la aprobaci¨®n de esa ley, el abogado record¨® que estas ocho semanas no estaban remuneradas y que ser¨¢ en agosto cuando comience la remuneraci¨®n. ¡°Te aconsejo que, si lo vas a pedir, te esperes un poco para poder cobrar aunque sea la mitad del permiso¡±. El permiso permite a los padres cuidar de sus hijos hasta los ocho a?os, ya sea de forma continua o intermitente, a tiempo parcial o completo.
Otros permisos
Para parejas de hecho, la norma equipara los derechos a los del matrimonio, permitiendo reducci¨®n de jornada y excedencia para el cuidado de la pareja o sus familiares. Tambi¨¦n se ampl¨ªa el permiso por nacimiento, adopci¨®n o acogimiento de hijos con discapacidad a 20 semanas para familias monoparentales.
Adem¨¢s, la ley contempla otros dos permisos. El permiso de cuatro d¨ªas retribuidos al a?o (32 a?os) por fuerza mayor familiar que requiera atenci¨®n inmediata; y el de cinco d¨ªas retribuidos por hospitalizaci¨®n o enfermedad grave del c¨®nyuge, pareja de hecho o pariente.
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