Este es el ruido que realmente tienes que soportar de tus vecinos seg¨²n la ley
La normativa, regulada por cada municipio, diferencia entre horarios diurnos y nocturnos. Las sanciones por superarlo llegan hasta los 3.000 euros.


La convivencia vecinal resulta, en ocasiones, complicada. La llegada del verano, con las barbacoas en el patio o las noches ¡®al fresco¡¯ con los vecinos, son caldo de cultivo para que algunas personas de nuestro barrio puedan sentirse molestas. El ruido es algo delicado de gestionar, y cuando a situaci¨®n se repite durante varios d¨ªas uno puede llegar a explotar y, en ¨²ltima instancia, informar a las autoridades.
Porque s¨ª, tambi¨¦n dentro del ruido hay unos l¨ªmites. Y, si se superan, podemos llevarnos alguna sorpresa (como ha ocurrido en el Santiago Bernab¨¦u por los conciertos). Por tanto, es conveniente estar al tanto de la normativa vigente para evitar incurrir en contaminaci¨®n ac¨²stica para con tu vecindario. El art¨ªculo 3 de la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, define la contaminaci¨®n ac¨²stica en los siguientes t¨¦rminos.
¡°Presencia en el ambiente de ruidos o vibraciones, cualquiera que sea el emisor ac¨²stico que los origine, que impliquen molestia, riesgo o da?o para las personas, para el desarrollo de sus actividades o para los bienes de cualquier naturaleza, o que causen efectos significativos sobre el medio ambiente¡±. Esta misma ley es la que regula la contaminaci¨®n ac¨²stica. Aunque, finalmente, son las ordenanzas municipales de cada localidad las que establecen los l¨ªmites m¨¢ximos.
Por tanto, lo ideal es consultar la ordenanza municipal de la localidad donde nos encontremos. En Madrid, por ejemplo, se establecen diferentes franjas horarias, tal y como recoge Leg¨¢litas.
Horarios para la contaminaci¨®n ac¨²stica en Madrid
- Horario diurno: entre las 7:00 y las 19:00.
- Horario vespertino: entre las 19:00 y las 23:00.
- Horario nocturno: entre las 23:00 y las 7:00.
Cada una de estas franjas, no obstante, cuentan con un n¨²mero m¨¢ximo de decibelios que no se deben superar. Por lo general, durante el d¨ªa el m¨¢ximo oscila entre los 35 y los 45 decibelios, mientras que en la franja de la noche se reduce a 30-35 decibelios como m¨¢ximo.
Obras en casa
Uno de los ruidos que m¨¢s molestan es de las obras en casa. De repente, te encuentras un domingo intentando descansar cuando, a primera hora de la ma?ana, escuchas al vecino manitas encendiendo el taladro. ?Es legal? La normativa fija un horario para este tipo de cuestiones, estando permitido hacer obras de lunes a viernes desde las 8:00 de la ma?ana hasta las 21:00 horas de la tarde, en d¨ªas laborables. En caso de usar maquinaria, la hora de finalizaci¨®n es a las 20:00.
En cuanto a los fines de semana y festivos, el horario es m¨¢s reducido: desde las 9:30 de la ma?ana hasta las 21:00 horas. El l¨ªmite m¨¢ximo de decibelios es de 50 en horario diurno, puesto que por la noche no est¨¢n permitidas las obras.
Sanciones
Sin embargo, no resulta f¨¢cil comprobar que un vecino est¨¢ haciendo m¨¢s ruido del permitido. Para ello debemos acudir a la polic¨ªa local, para que lo mida con un son¨®metro, o bien a trav¨¦s de empresas especializadas. En caso de que efectivamente lo supere, se podr¨ªa enfrentar a diferentes sanciones econ¨®micas.
Aunque cada municipio cuenta con su propia normativa, las multas por exceso de ruido o por no respetar el horario de obras pueden ir desde los 600 euros hasta los 3.000. Siguiendo con el ejemplo del Ayuntamiento de Madrid, hay tres tipos de infracciones: leves (hasta 750 euros de multa si se supera el m¨¢ximo en 4 decibelios), graves (gasta 1.500 si se supera el m¨¢ximo entre 4 y 7 decibelios) y muy graves (hasta 3.000 euros si se supera el l¨ªmite en m¨¢s de 7 decibelios).
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