?Es obligatorio tener una temperatura m¨ªnima y m¨¢xima en el trabajo y cu¨¢les son los l¨ªmites?
El INSTH recoge los factores de riesgo a los que se enfrentan los trabajadores en ¨¦pocas estivales y las principales medidas preventivas para saber c¨®mo actuar.
El cambio clim¨¢tico est¨¢ dejando huella, especialmente en la ¨¦poca de verano en donde las temperaturas cada vez son m¨¢s altas. Estas condiciones clim¨¢ticas pueden exponer a trabajadores y trabajadoras de empresas a diferentes causas de accidentes laborales, que en algunas ocasiones puede resultar mortales.
Hay que tener en cuenta que las condiciones ambientales de un lugar de trabajo, como la temperatura o la humedad, son factores esenciales para el bienestar y la salud de los trabajadores.
De resolver esta cuesti¨®n se ha ocupado el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (INSTH). Para ello ha elaborado una gu¨ªa para aplicar al Real Decreto 486/1997 que regula las disposiciones m¨ªnimas de seguridad y salud que deben cumplir los lugares de trabajo.
?Cu¨¢l es la temperatura m¨¢xima permitida en el trabajo?
La normativa espa?ola, a trav¨¦s del Real Decreto 486/1997, marca un intervalo espec¨ªfico de temperaturas que debe haber en un lugar de trabajo. Por normal general, en los locales de trabajo cerrados deben cumplirse las siguientes condiciones:
No obstante, la gu¨ªa establece una serie de recomendaciones seg¨²n la estaci¨®n del a?o y dependiendo de la ropa que lleven los empleados. De esta forma, en verano se debe mantener una temperatura de entre 23?C y 26?C, y en invierno, la recomendaci¨®n es que haya entre 20?C y 24?C.
Junto a la temperatura tambi¨¦n se tiene en cuenta la humedad en los entornos laborales. Esta debe estar comprendida entre el 30% y el 70%, excepto en los locales en donde existan riesgos por electricidad est¨¢tica, en donde el l¨ªmite inferior ser¨¢ del 50%. Sin embargo, dependiendo de la estaci¨®n del a?o, la humedad relativa puede variar. En verano se recomienda que esta se sit¨²e entre el 45% y el 60%, y en inverno ente el 45% y el 50%.
A pesar de estas recomendaciones a nivel general que se establecen en la normativa, cada lugar de trabajo deber¨¢ adaptarlas a sus propias caracter¨ªsticas, teniendo en cuenta tambi¨¦n los procesos u operaciones que se desarrollen, as¨ª como el clima de la zona.