?Es legal desheredar a un hijo, cu¨¢les son los motivos y qu¨¦ parte de la herencia le corresponde?
Muchas personas, a ra¨ªz de una disputa familiar, se preguntan si pueden desheredar a un hijo o a cualquier otro familiar. Te resolvemos todas las dudas al respecto.
En nuestro ordenamiento jur¨ªdico, hay a la hora de entender la desheredaci¨®n, hay que acudir a dos art¨ªculos del C¨®digo Civil que explican el concepto de la leg¨ªtima de una herencia y los herederos forzosos.
El art¨ªculo 806 del C¨®digo Civil se?ala que la ¡°leg¨ªtima es la porci¨®n de bienes de que el testador no puede disponer por haberla reservado la ley a determinados herederos, llamados por esto herederos forzosos¡±. El art¨ªculo siguiente, el 807, establece que los herederos forzosos son los ¡°hijos y descendientes respecto de sus padres y ascendientes. A falta de los anteriores, los padres y ascendientes respecto de sus hijos y descendientes. El viudo o viuda en la forma y medida que establece este C¨®digo¡±.
Por tanto, parece dif¨ªcil privar a los herederos forzosos de la leg¨ªtima de una herencia, es decir, de esa parte que les corresponde por Ley. No obstante, s¨ª es posible hacerlo si concurren una serie de determinadas circunstancias.
?Qu¨¦ es la desheredaci¨®n?
Antes de seguir, es importante conocer qu¨¦ es la desheredaci¨®n. Mucha gente asocia el t¨¦rmino a la privaci¨®n de la herencia. Sin embargo, se refiere a la privaci¨®n de la leg¨ªtima, es decir, de esa parte que les corresponde a los herederos forzosos por Ley.
Requisitos para desheredar
Existen tres requisitos legales para validar la desheredaci¨®n. Estos son:
1. Indicarlo expresamente en el testamento, designando al legitimario al que se refiere.
2. Exponer las causas legales de la desheredaci¨®n.
3. La causa debe ser ver¨ªdica.
En el caso de que no se cumpla alguno de estos requisitos, el legitimario desheredado obtendr¨¢ su leg¨ªtima de la herencia.
Motivos por los que se puede desheredar
A pesar de lo extra?o que pueda resultar el hecho de querer desheredar a un hijo o a un familiar, existen muchos precedentes. Aunque tambi¨¦n es verdad que la mayor¨ªa de supuestos se dan por casos extremos. El art¨ªculo 756 CC expresa que son incapaces de suceder:
Adem¨¢s, el art¨ªculo 853 CC y siguientes a?ade las siguientes causas:
?Qu¨¦ pasa si hay reconciliaci¨®n entre testador y heredero?
La reconciliaci¨®n posterior del ofensor y del ofendido priva a ¨¦ste del derecho de desheredar, y deja sin efecto la desheredaci¨®n ya hecha.
?Y qui¨¦n ocupa el lugar de las personas que han sido desheredadas?
La soluci¨®n la da el C¨®digo Civil, se?alando que ¡°los hijos o descendientes del desheredado ocupar¨¢n su lugar y conservar¨¢n los derechos de herederos forzosos respecto a la leg¨ªtima¡±.