SENTENCIAS
El TS unifica doctrina con el derecho a la reducci¨®n de jornada y la modificaci¨®n del horario de trabajo
El Tribunal Supremo unifica doctrina con el derecho a reducci¨®n horaria por cuidar de un hijo menor de 12 a?os y el cambio de turno rotatorio a turno fijo.
El Tribunal Supremo (TS) ha unificado doctrina tras determinar que en el caso de reducci¨®n de jornada por cuidado de hijo menor de 12 a?os recogido en el art¨ªculo 37 del Estatuto de los Trabajadores, no hay obligaci¨®n por parte de la empresa a cambiar el sistema o tipo de jornada del trabajador.
As¨ª se ha pronunciado la Sala de lo Social del alto tribunal en la sentencia n¨²mero 983/2023, de 21 de noviembre, al estimar el recurso de casaci¨®n de una conocida empresa de distribuci¨®n contra el fallo a favor de una trabajadora por parte del Juzgado de lo Social n¨²mero 2 de Cartagena y el Tribunal Superior de Justicia de Murcia.
Reducci¨®n de jornada s¨ª, modificaci¨®n del horario no
La empleada hab¨ªa solicitado la reducci¨®n de jornada y la modificaci¨®n del horario. La empresa le hab¨ªa concedido la reducci¨®n de jornada por guarda legal, de ocho a cuatro horas, pero no la modificaci¨®n del turno, entendiendo que la reducci¨®n se deber¨ªa aplicar al turno de ma?ana o tarde que le correspondiese a la trabajadora.
Tras la demanda de la trabajadora, la empresa hab¨ªa sido condenada a aceptar la modificaci¨®n horaria solicitada y a indemnizarla con 3.500 euros por da?os y perjuicios. La empleada, quien trabaja en la compa?¨ªa desde 1992, tuvo una hija en 2014 y, desde esa fecha hasta 2018, estuvo de excedencia. Al reincorporarse, solicit¨® la reducci¨®n de jornada en turno fijo.
La compa?¨ªa, tras el fallo a favor del Juzgado de lo Social de Cartagena y el TSJRM, hab¨ªa solicitado al TS la unificaci¨®n de doctrina, ante la contradicci¨®n existente entre las sentencias antes mencionadas y la dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid 936/2017, adem¨¢s de la posible infracci¨®n de los apartados 5 y 7 del Estatuto de los Trabajadores.
La sentencia del Tribunal Supremo
En su sentencia firme, el TS recuerda la sentencia del Tribunal Constitucional 26/2011 que establec¨ªa la ¡°dimensi¨®n constitucional de todas aquellas normativas tendentes a facilitar la compatibilidad de la vida laboral y familiar de los trabajadores, tanto desde la perspectiva del derecho a la no discriminaci¨®n por raz¨®n de sexo o por raz¨®n de circunstancias personales como desde la del mandato de protecci¨®n a la familia y la infancia¡±.
No obstante, el TS recuerda que la concreci¨®n horaria es un derecho que el trabajador tiene dentro de su jornada ordinaria y especifica que ¡°la reducci¨®n deber¨ªa producirse sin alterar el r¨¦gimen de trabajo a turnos que ven¨ªa realizando y que constitu¨ªa caracter¨ªstica espec¨ªfica de su jornada ordinaria¡±.