Despiden a una trabajadora tras faltar 29 d¨ªas en dos meses y acaba ganando una indemnizaci¨®n de 30.000 euros
Ha ocurrido en Alicante a una cajera de supermercado. Ten¨ªa contrato indefinido desde 2003 y el juez ha declarado improcedente la extinci¨®n del contrato.

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha declarado improcedente el despido de una trabajadora de la cadena de supermercados Lidl en Alicante, lo que le ha supuesto una indemnizaci¨®n de casi 30.000 euros. La empleada, una cajera con contrato indefinido y una antig¨¹edad en la empresa desde 2003, fue despedida tras faltar 29 d¨ªas en dos meses debido a bajas m¨¦dicas por incapacidad temporal.
Los hechos se remontan a febrero y marzo de 2019, cuando la trabajadora se vio obligada a ausentarse por problemas de salud. Su primera baja, del 20 de febrero al 8 de marzo, sum¨® 13 d¨ªas consecutivos. Posteriormente, entre el 22 de marzo y el 12 de abril, acumul¨® un nuevo periodo de incapacidad temporal de 16 d¨ªas. A pesar de que ambas bajas estaban justificadas y certificadas por los servicios m¨¦dicos oficiales, Lidl consider¨® que el total de 29 d¨ªas de ausencia superaba el 20% de las jornadas laborales h¨¢biles y procedi¨® a su despido por absentismo laboral, ampar¨¢ndose en el art¨ªculo 52.d del Estatuto de los Trabajadores, vigente en ese momento.
Un absentismo laboral mal razonado
No obstante, el TSJCV concluy¨® que Lidl hab¨ªa incurrido en un error en el c¨¢lculo de las ausencias. Seg¨²n la normativa laboral, las bajas m¨¦dicas superiores a 20 d¨ªas consecutivos no deben ser consideradas como faltas de asistencia a efectos de un despido objetivo por absentismo. De este modo, al descontar los 16 d¨ªas consecutivos de baja, la trabajadora solo hab¨ªa faltado 13 d¨ªas de manera intermitente, lo que no alcanzaba el l¨ªmite establecido para justificar el despido.
Ante este fallo, el tribunal orden¨® que Lidl readmitiera a la trabajadora en su puesto con las mismas condiciones previas al despido o, en su defecto, le abonara una indemnizaci¨®n. En total, la empleada recibi¨® 29.194,69 euros, a lo que se sumaron los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la resoluci¨®n judicial.
Un final feliz para la trabajadora que hacer plantear cuestiones acerca del tratamiento de los derechos laborales que, aunque se amparen por la ley, en ocasiones parecen ser vulnerados por las empresas.
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