Despiden a un conductor por ¡°causas objetivas¡±: lo declaran improcedente y aumenta su indemnizaci¨®n m¨¢s de 30.000 euros
De acuerdo con el fallo del tribunal, ¡°no consta aportada la carta de despido¡±, lo que implica un incumplimiento de los requisitos formales del despido.

El Juzgado de lo Social N.? 5 de Madrid ha determinado que el despido de un conductor de la empresa Nayzan CTM se realiz¨® de forma improcedente, por lo que deber¨¢ ser indemnizado con casi 35.000 euros.
De acuerdo con el fallo del tribunal, ¡°no consta aportada la carta de despido¡±, lo que implica un incumplimiento de los requisitos formales suficientemente grave como para que se determine la improcedencia del despido.
¡°Lo ¨²nico que consta es que el despido obedeci¨®, seg¨²n el documento de liquidaci¨®n y finiquito, a causas objetivas. El incumplimiento de los requisitos formales en el presente caso es m¨¢s que suficiente para fundamentar la declaraci¨®n de improcedencia¡±, asegura el juzgado.
Los hechos tuvieron lugar en febrero de 2024, cuando Nayzan CTM comunic¨® al trabajador su despido por lo que determinaron son ¡°causas objetivas¡±, y se le inform¨® de que iba a ser indemnizado con 3.800 euros debido a su antig¨¹edad en la empresa.
Seg¨²n se?ala el fallo del tribunal, la empresa se encuentra actualmente cerrada, por lo que la readmisi¨®n no puede producirse y la ¨²nica v¨ªa para compensar al empleado es a trav¨¦s de un aumento significativo de su indemnizaci¨®n inicial.
La sentencia del juzgado responde al art¨ªculo 110.1b de la Ley Reguladora de la Jurisdicci¨®n Social, que determina que ¡°si la empresa ha cerrado y no es posible la readmisi¨®n, el trabajador puede solicitar que la indemnizaci¨®n sea hasta la fecha de la sentencia, y el pago de salarios de tramitaci¨®n. As¨ª que la empresa queda obligada a pagar como si el trabajador hubiera trabajado hasta ahora?, explica Ignacio Palomar Ruiz, el responsable del caso.
Indemnizaci¨®n de 35.000 euros
La magistrada responsable del caso ha concluido que la empresa debe abonar un total de 29.000 euros, que corresponder a la indemnizaci¨®n por despido improcedente, y a los salarios de tramitaci¨®n.
As¨ª mismo, como la empresa no hab¨ªa abonado la liquidaci¨®n ofrecida al empleado, por lo que ahora, a los 3.792 euros, se le suma un inter¨¦s del 10% por mora. En total, Nayzan CTM deber¨¢ pagar al empleado cerca de 35.000 euros.
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