Consideran improcedente el despido de una panadera que orin¨® en el recipiente para hacer pan
El Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a invalida las im¨¢genes que se usaron como prueba del despido por afectar a la intimidad de los empleados.


La justicia ha declarado de improcedente el despido de una empleada de un obrador que fue grabada orinando en diferentes recipientes de cocina destinados al consumo humano. La mujer afectada trabajaba en una empresa dedicada a la elaboraci¨®n de boller¨ªa y pasteler¨ªa. El Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a (TSJC) ha considerado il¨ªcitas las im¨¢genes que la compa?¨ªa utiliz¨® como justificante de despido, pues afectan a una zona de trabajo usada como vestuario.
La grabaci¨®n captada por una c¨¢mara de seguridad colocada en un espacio destinado al cambio de ropa de los empleados, quienes adem¨¢s no hab¨ªan sido notificados de su instalaci¨®n. Adem¨¢s, tampoco hab¨ªa ning¨²n tipo de se?alizaci¨®n que avisase de esta videoc¨¢mara. Por lo que, seg¨²n el TSJC, estas im¨¢genes son una ¡°prueba il¨ªcita que vulnera el derecho a la intimidad de los trabajadores¡±.
Por este motivo, la justicia da la raz¨®n a la trabajadora despedida y recuerda la prohibici¨®n de instalar sistemas de videovigilancia en ¡°lugares de descanso o esparcimiento de los trabajadores¡±. Adem¨¢s, condenan a la compa?¨ªa a indemnizar a la empleada con 25.000 euros, seg¨²n informa El Pa¨ªs.
Im¨¢genes il¨ªcitas
Seg¨²n el informe de los detectives, los hechos ocurrieron el 22 de octubre de 2018, cuando se capt¨® a la panadera miccionando en recipientes de cocina destinados posteriormente al consumo humano. Seg¨²n las im¨¢genes, esto ocurri¨® hasta en tres ocasiones y con distintos boles, los cuales fueron despu¨¦s ligeramente aclarados con agua. Dos d¨ªas m¨¢s tarde, la mujer recibi¨® un burofax que la desped¨ªa ¡°con efectos inmediatos¡± por una falta de car¨¢cter ¡°muy grave¡±, por ¡°trasgresi¨®n de la buena fe contractual y abuso de confianza en el desempe?o del trabajo¡±, tal y como recoge El Espa?ol.
Pese a la grave infracci¨®n, como en ning¨²n caso la empresa avis¨® a sus empleados de la instalaci¨®n de c¨¢maras en esta zona, el Tribunal considera que la grabaci¨®n no puede utilizarse como prueba para avalar un despido disciplinario. La empresa se quiso oponer a esta decisi¨®n, justificando que no es comparable esta zona con un ba?o o un vestuario como tal, pero el TSJC se mantuvo firme en su postura.
La sentencia subraya que al no existir un lugar independiente como vestuario, los trabajadores estaban obligados a cambiarse de ropa en este espacio ¡°mixto¡±, al entrar y salir del trabajo en la zona del obrador. Por lo que convierte esta captaci¨®n de im¨¢genes en una ¡°invasi¨®n ileg¨ªtima en la intimidad que el vestuario representa¡±, invalid¨¢ndolo as¨ª como prueba de despido.