As¨ª puedes conseguir la nacionalidad espa?ola por opci¨®n: las cuatro v¨ªas para acceder a ella
El Estado espa?ol recoge cuatro supuestos diferentes para optar a ella. Un caso es que al menos uno de los progenitores haya nacido en Espa?a.


Contar con una nacionalidad es algo fundamental en la vida de toda persona. Es requisito necesario para contar con la protecci¨®n del Estado al que ¡®pertenece¡¯, pudiendo ejercer sus derechos conforme a las Normas Jur¨ªdicas del mismo (como, por ejemplo, el acceso a las funciones p¨²blicas). Tener una nacionalidad permite identificarse con un grupo y pertenecer a ¨¦l. En definitiva, es un Derecho fundamental.
Y, como tal, as¨ª queda reflejado en el art¨ªculo 15 de la Declaraci¨®n Universal de los Derechos Humanos, proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 10 de diciembre de 1948. En ¨¦l, se establece el Derecho de toda persona a una nacionalidad y a no verse privada de ella arbitrariamente ni del derecho a cambiarla. Cambiar de nacionalidad es un proceso que se hace muy a menudo (como en el caso de Brahim, por ejemplo).
As¨ª pues, hay varias formas, en funci¨®n de las circunstancias de cada persona, para conseguir la nacionalidad. En el caso de Espa?a, son cinco las v¨ªas para optar a ella: residencia, carta de naturaleza, para espa?oles de origen, por posesi¨®n de Estado o por opci¨®n. En esta ¨²ltima ser¨¢ en la que nos centraremos en las siguientes l¨ªneas. La opci¨®n es un beneficio que est¨¢ presente en la legislaci¨®n espa?ola para extranjeros que cumplan con determinadas condiciones.
Qui¨¦n puede adquirir la nacionalidad espa?ola por opci¨®n
Tal y como se explica en el portal del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaci¨®n con las Cortes, tienen derecho a adquirir la nacionalidad espa?ola a trav¨¦s de esta v¨ªa de la opci¨®n los siguientes sujetos.
Casos para obtener la nacionalidad por opci¨®n
- Aquellas personas que estén o hayan estado sujetos a la patria potestad de un español.
- Aquellas personas cuyo padre o madre hubiera sido español y hubiera nacido en España.
- Aquellas personas cuya determinación de la filiación (el establecimiento de quiénes son los padres de una persona) o nacimiento en España se produzca después de los dieciocho años de edad. El plazo para optar a la nacionalidad es de dos años desde que se determina la filiación o el nacimiento.
- Aquellas personas cuya adopción por españoles se produzca después de los dieciocho años de edad. El derecho a optar existe hasta que transcurra el plazo de dos años a partir de la constitución de la adopción.
La solicitud de la nacionalidad por opci¨®n la pueden llevar a cabo diferentes agentes. En primer lugar, el representante legal si quien opta a ella es menor de 14 a?os. Si el interesado fuera mayor de dicha edad, lo har¨¢ ¨¦l mismo asistido por su representante legal. Tambi¨¦n lo podr¨¢ realizar el interesado con discapacidad con los apoyos y los ajustes de procedimiento que se precisen.
Y, por ¨²ltimo, el interesado si est¨¢ emancipado. En este caso, la opci¨®n caduca cuando el optante cumpla los 20 a?os, salvo que por su ley personal el interesado no adquiera la mayor¨ªa de edad a los 18 a?os. En tal caso, el plazo ser¨¢ de dos a?os desde que se adquiera la mayor¨ªa de edad.
Documentos necesarios
La solicitud se realiza de forma presencial en el Registro Civil del domicilio del interesado. En caso de encontrarse fuera de Espa?a, se podr¨¢ realizar la solicitud desde el Consulado de Espa?a de su pa¨ªs de origen o de donde tenga la residencia legal.
Los documentos necesarios para completar el tr¨¢mite son el documento que acredite la identificaci¨®n del solicitante (DNI, pasaporte...), el certificado de empadronamiento en el Ayuntamiento de residencia y otro documento que acredite su domicilio permanente y estable en Espa?a, el certificado de nacimiento del Registro Civil Local extranjero (traducido por int¨¦rprete jurado si no ha sido redactado en lengua oficial del Estado espa?ol) y el Certificado literal de nacimiento expedido por Registro Civil espa?ol del padre o madre de la que trae causa la nacionalidad espa?ola.
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