Adi¨®s a los procesos largos para desalojar a un okupa: as¨ª funciona la nueva ley aprobada en el Congreso
La nueva normativa busca agilizar los desalojos mediante juicios r¨¢pidos, reduciendo a d¨ªas un proceso que antes pod¨ªa extenderse durante meses.
El Congreso de los Diputados ha dado luz verde a una reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, propuesta por el PNV, que promete transformar radicalmente la respuesta judicial frente a la ocupaci¨®n ilegal de viviendas. Este cambio, centrado en agilizar los procedimientos, busca acabar con los prolongados plazos que han frustrado a propietarios durante a?os.
La nueva normativa, aprobada el pasado 14 de noviembre con los votos a favor del PP, Junts, UPN, Coalici¨®n Canaria, Bildu y ERC, introduce la tramitaci¨®n de estos casos por la v¨ªa de los juicios r¨¢pidos, un cambio que permitir¨ªa desalojos en cuesti¨®n de horas o d¨ªas. Seg¨²n el texto legislativo, una vez detectada una ocupaci¨®n ilegal, el juez tendr¨¢ 15 d¨ªas para se?alar la fecha del juicio y otros tres para dictar sentencia. Aunque la reforma a¨²n debe ser ratificada por el Senado, su enfoque m¨¢s eficiente ya est¨¢ generando debate entre juristas y ciudadanos
Un problema con matices legales
La ocupaci¨®n de inmuebles afecta actualmente al 0,2% de los espa?oles, seg¨²n el ¨²ltimo bar¨®metro del CIS. Aunque las condenas judiciales por ocupaci¨®n han descendido un 59% en los ¨²ltimos cinco a?os, las diferencias entre los delitos de allanamiento de morada y usurpaci¨®n complican la actuaci¨®n policial y judicial.
El allanamiento, regulado por el art¨ªculo 202 del C¨®digo Penal, permite a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (FCSE) desalojar de forma inmediata si el propietario presenta una denuncia. Sin embargo, en casos de usurpaci¨®n, donde no se vulnera una vivienda habitual, es necesaria una orden judicial para proceder al desalojo.
?Qu¨¦ cambia con la reforma?
La enmienda al art¨ªculo 795 pretende acortar los tiempos de respuesta, especialmente en los casos de usurpaci¨®n, que hasta ahora requer¨ªan largos procesos judiciales. Con esta reforma, estos casos podr¨¢n ser tramitados como juicios r¨¢pidos, lo que incluye la ocupaci¨®n de inmuebles que no constituyan morada, como segundas viviendas o locales.
A pesar de estas mejoras, la reforma no afecta al allanamiento de morada, que ya contaba con un protocolo de desalojo en 48 horas seg¨²n la jurisprudencia vigente.
El Ministerio del Interior y asociaciones legales como Leg¨¢litas han destacado el potencial de esta reforma para proporcionar una herramienta m¨¢s efectiva a los propietarios. No obstante, algunos sectores advierten sobre la necesidad de garantizar los derechos de las personas afectadas por situaciones de vulnerabilidad, que a menudo est¨¢n detr¨¢s de los casos de ocupaci¨®n.
Sigue el canal de Diario AS en WhatsApp, donde encontrar¨¢s todo el deporte en un solo espacio: la actualidad del d¨ªa, la agenda con la ¨²ltima hora de los eventos deportivos m¨¢s importantes, las im¨¢genes m¨¢s destacadas, la opini¨®n de las mejores firmas de AS, reportajes, v¨ªdeos, y algo de humor de vez en cuando.