Qui¨¦nes podr¨¢n cobrar el ¡®plus¡¯ del Ingreso M¨ªnimo Vital a partir del 1 de enero de 2023
Este incentivo al empleo del IMV no se solicita, sino que la Administraci¨®n lo calcula autom¨¢ticamente al tener la informaci¨®n de los ingresos que recibe el trabajador.


En Espa?a, el Ingreso M¨ªnimo Vital (IMV) es una prestaci¨®n econ¨®mica garantizada por la Seguridad Social en su modalidad contributiva. El IMV se define como un ¡°derecho subjetivo¡± y tiene como finalidad prevenir el riesgo de pobreza y exclusi¨®n social de las personas que vivan solas o integradas en una unidad de convivencia, cuando se encuentren en una situaci¨®n de vulnerabilidad por carecer de recursos econ¨®micos suficientes para la cobertura de sus necesidades b¨¢sicas.
El pasado mes de septiembre el Gobierno aprob¨® en el Consejo de Ministros un incentivo al empleo en el IMV, que se activar¨¢ una vez los beneficiarios encuentren empleo o mejoren sus condiciones laborales. Se calcula que cerca de 100.000 hogares puedan verse favorecidos por este incentivo, que entrar¨¢ en vigor a partir del 1 de enero de 2023. Este incentivo al empleo del IMV no se solicita, sino que la Administraci¨®n lo calcula autom¨¢ticamente al tener la informaci¨®n de los ingresos que recibe el trabajador.
Requisitos
Desde su creaci¨®n, alrededor de 500.000 hogares se han podido beneficiar del IMV, esto es, 1,4 millones de personas f¨ªsicas. Los ciudadanos que la perciban pueden obtener una ¡°renta garantizada¡± siempre y cuando cumplan todos los requisitos impuestos por la Seguridad Social:
- Tener al menos 23 a?os, o 18 a?os en caso de tener menores a cargo.
- No beneficiarse de ninguna pensi¨®n contributiva por jubilaci¨®n o incapacidad permanente, ni de pensi¨®n no contributiva por invalidez o jubilaci¨®n.
- Haber vivido de manera independiente al menos 1 a?o en el caso de familias y 3 a?os en el caso de personas que residen solas.
- Haber residido de forma continuada en Espa?a al menos durante un a?o.
- Haber requerido previamente las prestaciones a las que se pudiera tener derecho.
- En el caso de unidades de convivencia, haberse formado al menos 1 a?o antes de la solicitud.
- Tambi¨¦n podr¨¢n beneficiarse las personas que sean usuarias temporales de una prestaci¨®n de servicio residencial de car¨¢cter social, sanitario o socio-sanitario.
Incentivos
A partir de unos ingresos laborales por encima del 60% de IMV, el incentivo se suaviza y se recibe entre un 20% y un 40% m¨¢s. La cuant¨ªa, adem¨¢s, depender¨¢ tambi¨¦n del tipo de movimiento laboral: ser¨¢ mayor para las personas que estaban fuera del mercado laboral y algo menor para las que ya estaban trabajando.
De este modo, por ejemplo, una persona que vive sola y recibe 5.899 euros de ingreso m¨ªnimo, si encuentra un trabajo con unos ingresos de 1.000 euros, este salario se bonifica al 100% y ganar¨ªa unos 6.899 euros al a?o. Si en lugar de 1.000 euros, ganara 4.500 euros en su trabajo, recibir¨ªa un total de 9.727 euros anuales.
Circunstancias especiales
Por otra parte, el derecho a percibir el IMV est¨¢ disponible para todas aquellas personas o unidades de convivencia que no ingresen una cantidad superior a su renta garantizada. El patrimonio m¨¢ximo para acceder a la prestaci¨®n corresponde a la cuant¨ªa anual multiplicada tres veces, sin contar deudas y el valor de la vivienda habitual.
Sin embargo, existen una serie de circunstancias especiales para personas que formen parte de colectivos espec¨ªficos como las v¨ªctimas de trata, explotaci¨®n sexual o violencia de g¨¦nero, siempre y cuando puedan acreditar esta condici¨®n mediante un informe emitido por los servicios sociales p¨²blicos o privados.