?Qu¨¦ es el ¡°despido reparativo¡± que propone Yolanda D¨ªaz?
La ministra de Trabajo valora la posibilidad de cambiar a un modelo en el que se indemnice en funci¨®n de las condiciones de cada trabajador.
El despido, la situaci¨®n que se produce cuando la empresa deja de requerir los servicios de un trabajador, est¨¢ en el centro de la pol¨¦mica m¨¢s reciente. El bajo coste que se supone para la empresa cortar la relaci¨®n con su empleado no lleg¨® a abordarse en la pasada reforma laboral de la coalici¨®n, pero ahora est¨¢ sobre la mesa del Ministerio de Trabajo.
Desde la Uni¨®n General de Trabajadores (UGT), as¨ª como desde Comisiones Obreras (CCOO), han llevado a Espa?a ante el Comit¨¦ Europeo de Derechos Sociales, al entender que la indemnizaci¨®n es demasiado baja para el empleado que acaba de ser despedido y no cumple con la legislaci¨®n europea vigente. Sobre esto se pronunci¨® recientemente la ministra de Trabajo, Yolanda D¨ªaz, quien considera el despido ¡°demasiado barato¡±.
Tras ello, volvi¨® a hacer referencia a un concepto que ya hab¨ªa puesto sobre la mesa tiempo atr¨¢s: el despido ¡®reparativo¡¯ o ¡®restaurativo¡¯. Con el objetivo de ¡°reparar o restaurar¡± el da?o causado por el despido improcedente del trabajador, D¨ªaz volv¨ªa a colocar en el escenario pol¨ªtico esta posibilidad. De este modo, abr¨ªa el debate a posibles indemnizaciones diferentes, pues los perjuicios son tambi¨¦n diferentes en cada caso.
Actualmente, el despido improcedente sucede cuando el empresario no cumple con las causas y formalidades legales para despedir, como probar los incumplimientos que habr¨ªa tenido el trabajador. Como castigo, los tribunales ordenan la readmisi¨®n del empleado, pag¨¢ndole el salario que se dej¨® de percibir tras el despido, o bien la extinci¨®n del contrato con el abono de una indemnizaci¨®n (de 33 d¨ªas de salario por a?o trabajado, con un l¨ªmite de 24 mensualidades).
La alternativa
Pero estas condiciones son consideradas por los sindicatos como insuficientes, al no respetar la legalidad europea sobre despidos improcedentes. Para ello, se necesita que las medidas cumplan con una doble funci¨®n: proteger y reparar de forma adecuada a las personas trabajadoras, y ejercer una funci¨®n disuasoria sobre las empresas para evitar que se repitan estas pr¨¢cticas.
El despido improcedente, tal y como est¨¢ actualmente legislado, ¡°no se puede consentir. Debe reparar el da?o causado, debe ser as¨ª¡±, insiste la titular de la cartera de Trabajo. Yolanda D¨ªaz recuerda que no son iguales las condiciones de una persona m¨¢s madura, pr¨®xima a la jubilaci¨®n, que las de una joven. ¡°O no es lo mismo las situaciones familiares que se tengan¡±, a?adi¨® como respuesta a una interpelaci¨®n de ERC en el Congreso.
Si bien desde su mandado siempre ha defendido que no el problema no era tanto la indemnizaci¨®n como las causas en s¨ª del despido, la ministra valoraba hace unos meses la posibilidad de adoptar un enfoque ¡°europeo¡± del despido restaurativo. Ya entonces, abri¨® la puerta a definir un pago ¡°diferente en funci¨®n del impacto que el despido pueda tener en las personas¡±. Como variables a tener en cuenta estar¨ªa la edad, la antig¨¹edad en la empresa o el g¨¦nero.