?Puedo perder el paro acumulado y cu¨¢ndo se puede guardar para cobrar la prestaci¨®n por desempleo?
La prestaci¨®n por desempleo se puede acumular. Esta puede llegar a caducarse y se tendr¨¢n en cuenta las cotizaciones de los ¨²ltimos seis a?os.
La prestaci¨®n por desempleo es uno de los pocos recursos con los que cuentan las personas que han perdido su trabajo. Tambi¨¦n conocida como ¡®paro¡¯, la cuant¨ªa econ¨®mica que reciben permite que cuenten con ingresos a final de mes. Este es un derecho, pero tambi¨¦n se puede perder o caducar.
Es el caso de lo que se conoce como ¡®paro acumulado¡¯. Las cotizaciones se pueden llegar a acumular, y, por lo tanto, guardar por si se necesitan en un futuro, en el caso de que se pierda el trabajo y se tenga que recurrir de nuevo a la ayuda.
El paro acumulado no se pierde, pero caduca
Una de las preguntas m¨¢s formuladas es si este tipo de prestaci¨®n por desempleo se puede llegar a perder. La respuesta es que, en principio, no. En este caso, se pueden guardar para solicitar en un tiempo la ayuda. Eso s¨ª, hay que matizar esta situaci¨®n.
A pesar de que no se pierda, s¨ª que puede llegar a caducar. Adem¨¢s, para solicitar el paro, se van a tener en cuenta las cotizaciones no utilizadas en un per¨ªodo de seis a?os. Las anteriores s¨ª que se pueden ¡®perder¡¯, pero solamente a efectos de recibir la prestaci¨®n de desempleo. Para otras funciones, como calcular la pensi¨®n de jubilaci¨®n, por ejemplo, s¨ª que se pueden utilizar.
Los requisitos de uso del paro acumulado
Otra de las cuestiones m¨¢s interesantes sobre este concepto tiene que ver con las condiciones que se requieren para poder utilizarlo. En primer lugar, hay que destacar que, para poder usarse, se debe estar en una situaci¨®n legal de desempleo. En ese sentido, tienen que producirse algunos supuestos:
- Que la relaci¨®n entre empresa y trabajador haya desaparecido por diferentes causas.
- La suspensi¨®n de la relaci¨®n entre las dos partes. Un caso concreto podr¨ªa ser un ERE.
- La reducci¨®n de forma temporal de la relaci¨®n laboral.
- Otros casos especiales.
No se pierde el paro acumulado siendo aut¨®nomo
Un aspecto que puede interesar a los trabajadores desempleados tiene que ver con la situaci¨®n de los aut¨®nomos. En el caso de que se produjera, no se pierde el paro acumulado. Eso s¨ª, se pueden producir varias situaciones. Una de ellas es que se quiera cobrar la prestaci¨®n y darse de alta, por lo que tendr¨ªa que:
- Solicitar la interrupci¨®n del pago de la prestaci¨®n, para, si es necesario, volver a cobrarlo en un futuro.
- En el caso de que, si el proyecto que va a emprender no funcionara, el aut¨®nomo podr¨ªa pedir la conservaci¨®n del derecho a cobrar el paro, por lo que tendr¨ªa que darse de alta como trabajador por cuenta propia en la Agencia Tributaria y la Seguridad Social, darse de baja y pedir de nuevo la ayuda o pedir que se suspenda el cobro antes de registrarse en el R¨¦gimen Especial de Trabajadores Aut¨®nomos (RETA).
Se puede cobrar el paro hasta nueve meses
En el caso de que se diera de alta como aut¨®nomo, se podr¨ªa seguir cobrando la ayuda por desempleo en un tiempo m¨¢ximo de nueve meses. Eso s¨ª, tendr¨ªa que reunir el trabajador una serie de requisitos para poder optar a ella:
- Finalizar de forma definitiva el anterior empleo.
- Estar dado de alta en el RETA.
- Tras ser dado de alta en la Seguridad Social, presentar en los 15 d¨ªas siguientes una solicitud para poder seguir recibiendo la prestaci¨®n por desempleo.